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Acusan a Pronnif de separar a madre de su hijo
La Procuraduría de los Niños, Niñas y la Familia (Pronnif) fue acusada por Ángela Hernández Arenas de intervenir en el retiro de la custodia de su hijo de cinco años. El menor habría sido sustraído por Roberto José Barrios Hinojosa —su padre— desde hace 10 meses.
Ángela y Roberto, después de algunos años de haber contraído matrimonio, iniciaron con el proceso de divorcio en enero del año pasado el cual terminó disuelto en marzo del mismo año, de acuerdo con Iván Bermea, abogado de Ángela.
En el expediente 1/2015 el juez tercero de primera instancia en materia familiar con residencia en Torreón, en mayo de ese mismo año, decretó la guarda y custodia del menor en favor de Ángela Hernández y acordó que Roberto Barrios —radicado en Torreón— estaría en Saltillo cada viernes con el compromiso de reintegrar a su hijo cada domingo en casa de Ángela.
Durante la primera convivencia realizada el 31 de julio de 2015, Roberto José se presentó en casa de Ángela donde hubo una discusión entre ambos y él se llevó al niño. Para el domingo 2 de agosto —fecha en que el padre lo debió regresar— no lo reintegró, rompiendo así con el compromiso legal que había hecho.
Según el abogado de Ángela, ella avisó a los sistemas de emergencia y se activó una pre alerta Amber. Al día siguiente la madre se trasladó a Torreón donde le informaron que María Guadalupe Hinojosa Espinoza y Rogelio Genaro Barrios Cázares —abuelos paternos del menor— acudieron a la Pronnif (delegación Laguna) el domingo 2 de agosto porque supuestamente al niño lo habían encontrado el viernes en un estado de riesgo, pues cuando Roberto acudió por él llevó a una notario público quien presuntamente certificó que el niño estaba abandonado en la caseta de vigilancia de la colonia donde Ángela vivía.
Asimismo, llevaron un certificado médico que indicaba que el menor presentaba un cuadro grave de principios de pulmonía, por lo que la Pronnif otorgó la guarda y custodia del niño a los abuelos paternos.
Sin embargo, el abogado de Ángela Hernández asegura que la Pronnif es una autoridad administrativa “que si bien es cierto tiene facultad para velar por los intereses de los menores y tomar decisiones, éstas no pueden ser nunca contradictoras a las medidas que un juez familiar haya tomado. En este caso la Pronnif a sabiendas que la señora Ángela Hernández tenía la guardia y custodia, violentando y pasando por encima de esa situación, procedió a conceder la guardia y custodia provisional”, explicó el defensor.
Bermea insistió en que “aun así se violentan algunas situaciones como el impedimento del derecho de audiencia que tiene Ángela, pues no fue notificada para hacerle saber del supuesto estado de riesgo que tenía el menor para que ella pudiera hablar al respecto”.
“Después, la Pronnif, para tratar de legalizar la medida promovió un procedimiento de ratificación de medida cautelar, que recae en el Juzgado Tercero de lo Familiar (en Torreón) donde sí se notifica, y a donde acudimos a hacer nuestras manifestaciones y resaltar las violaciones en que incurrió la Pronnif”.
El abogado de Hernández argumenta que esas violaciones fueron la negativa de la garantía de audiencia, pues no se le dio oportunidad a Ángela de estar presente para defenderse, así como que la Pronnif no tenía las facultades (en ese caso) para decretar esa guardia y custodia porque se contraponía con determinación judicial —en este caso del Juzgado Tercero—.
Además Bermea señaló que la ex delegada del Pronnif en la Región Laguna, Irma Mayela Reyes Gómez, tenía un conflicto de intereses porque fue abogada de Ángela Hernández cuando se le decretó por parte del juez la guardia y custodia del menor con su madre. Sin embargo, la relación abogado-cliente no acabó en buenos términos. Mientras Irma Mayela fue abogada litigante de Ángela, la litigante no se desempeñó como funcionaria.
“Cuando el caso se presenta ese 2 de agosto de 2015 la que está presente, ahora en representación de la Pronnif para tomar la decisión de revocar la guarda y custodia y entregársela a los abuelos paternos es Irma Mayela Reyes Gómez, en su carácter de delegada”. En ese tema, según el abogado Iván Bermea, lo que ella consiguió como abogada, como delegada se lo quita.
A decir del abogado, Mayela en ese caso debió excusarse porque había un conflicto de intereses y la Ley de Responsabilidad lo prohíbe.
Esos argumentos valieron para que el 14 de octubre del año pasado el Juez Tercero de lo Familiar dictara la sentencia y no ratificara la medida provisional, además ordena la inmediata restitución del menor a su madre, señaló Iván Bermea.
Sin embargo, eso no se pudo lograr porque la Pronnif interpuso un recurso de apelación (recurso de inconformidad) lo cual “según la autoridad judicial es muy extraño que la Procuraduría presente un recurso de esta naturaleza y eso le otorgó un efecto suspensivo donde se mantenían las cosas como están, por lo que se impide pedir la restitución del menor”, explicó el especialista en derecho.
El mismo procedimiento habría sido turnado el Tribunal Unitario, quien nuevamente volvió a dictar sentencia en la que confirma la resolución en el sentido de no ratificar la guardia y custodia provisional. Sin embargo, la Pronnif presentó un recurso de amparo en el cual deja ver un marcado interés de la institución.
“Los abuelos del menor han manifestado públicamente que cuentan con la protección de un político de La Laguna y que por ese motivo, nunca les podrán quitar al menor”, reveló el abogado, quien después tuvo un encuentro personal con la actual titular de la Pronnif, Yezka Garza, a quien cuestionó el interés tan marcado en el caso.
En dicho encuentro —realizado hace poco más de un mes—, la titular de Pronnif le respondió al abogado de Ángela: “Licenciado, usted ganó las primeras dos instancias. Usted haga lo que tenga que hacer, que yo sabré lo que tenga que hacer”.
Hasta el momento, de ese proceso han pasado 10 meses en los que el menor no ha logrado ver o comunicarse con su madre.
Víctima
> Niño de cinco años paga las consecuencias de un mal divorcio entre sus padres, quienes pelean la patria potestad.