Tiene Consejo de Participación Ciudadana del Sistema Anticorrupción de Coahuila 28 atribuciones

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Tiene Consejo de Participación Ciudadana del Sistema Anticorrupción de Coahuila 28 atribuciones

Foto: Archivo
El fin de semana, el Comité de Selección dio a conocer quiénes son los cinco integrantes de este órgano autónomo

Entre algunas de las funciones del Consejo de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción está el de proponer proyectos para lograr coordinación interinstitucional e intergubernamental en las materias de fiscalización y control de recursos públicos, de prevención, control y disuasión de faltas administrativas y hechos de corrupción.

El fin de semana, el Comité de Selección dio a conocer quiénes son los cinco integrantes de este órgano autónomo.
La Ley del Sistema Anticorrupción de Coahuila publicada en el Periódico Oficial, el viernes 14 de julio de 2017, establece en su artículo 21 un total de 28 atribuciones.

Entre ellas están el aprobar sus normas de carácter interno, acceder sin ninguna restricción, por conducto del secretario técnico, a la información que genere el Sistema Estatal.

También el opinar y realizar propuestas, a través de su participación en la Comisión Ejecutiva, sobre la política estatal y las políticas integrales, proponer proyectos de mejora a los instrumentos, lineamientos y mecanismos para la operación del Sistema Estatal de Información y su coordinación para la integración de la información del estado a la Plataforma Digital Nacional.

Otra atribución es proponer al Comité Coordinador, a través de su participación en la Comisión Ejecutiva, mecanismos para que la sociedad del Estado participe en la prevención y denuncia de faltas administrativas y hechos de corrupción.

También llevar un registro voluntario de las organizaciones de la sociedad civil que deseen colaborar de manera coordinada con el Consejo de Participación Ciudadana para establecer una red de participación ciudadana, conforme a sus normas de carácter interno.

Los consejeros también deberán proponer mecanismos de articulación entre organizaciones de la sociedad civil, la academia y grupos ciudadanos, así como proponer al Comité Coordinador, a través de su participación en la Comisión Ejecutiva, la emisión de recomendaciones no vinculantes.

RELACIÓN LABORAL

La legislación señalada indica que los integrantes del Consejo de Participación Ciudadana no tendrán relación laboral alguna por virtud de su encargo con la Secretaría Ejecutiva. 

“El vínculo legal con la misma, así como su contraprestación, serán establecidos a través de contratos de prestación de servicios por honorarios, en los términos que determine el órgano de Gobierno, por lo que no gozarán de prestaciones, garantizando así la objetividad en sus aportaciones a la Secretaría Ejecutiva”, se lee en el artículo.

El Consejo de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción fue nombrado el sábado pasado.

 

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Integrantes
Región Sureste > José Manuel Gil Navarro > Ana Yuri Solís Gaona > María de Lourdes de Koster López Región Laguna > Juan Adolfo Von Bertrab Saracho > Carlos Rangel Orona.