Con "fines fiscales" el SAT podrá solicitar datos de clientes a bancos, telefónicas y otras empresas
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Con "fines fiscales" el SAT podrá solicitar datos de clientes a bancos, telefónicas y otras empresas
De acuerdo con la resolución de la miscelánea fiscal 2020, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) podrá pedir a las instituciones bancarias que entreguen información de sus cuentahabientes, entre ellas los nombres completos, su Registro Federal de Contribuyentes (RFC), así como sus domicilios fiscales.
¿Y el secreto bancario?
Esta solicitud de información entra dentro de la excepción al artículo 142 de la Ley de Instituciones de Crédito, relativo al secreto fiscal, ya que una de las condiciones para ello es que las autoridades hacendarias soliciten este tipo de información a los bancos con “fines fiscales”.
El Artículo 32-B del Código Fiscal de la Federación fue modificado para que bancos y sociedades cooperativas de ahorro y préstamo recolecten correos electrónicos, números telefónicos u oros medios de contacto de sus clientes, determinados por el SAT.
En el caso de empresas de telefonía y energía, la miscelánea fiscal menciona que las compañías deberán entregar el RFC de sus clientes, y si las personas físicas no cuentan con uno, podrán presentar la Clave Única de Registro de Población.
Con información de Radio Fórmula.