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SAT checará tus compras con tarjetas, te multará si exceden tus ingresos
Hace unos días, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y la Asociación de Bancos de México (ABM), anunciaron un acuerdo con el cual comenzarán a emitir facturas instantáneas a aquellas personas que realicen pagos con tarjeta de crédito o débito.
“Se emite el presente requerimiento de información para fines fiscales, sobre los pagos realizados por sus cuentahabientes a las diversas tarjetas de crédito con las que cuenten, con el objeto de planear y programar actos de fiscalización”, dice el oficio enviado por la Administración Central de Planeación y Programación de Auditoría Fiscal Federal del SAT.
Margarita Ríos-Farjat, jefa del SAT y Luis Niño de Rivera, presidente de la ABM, indican que el objetivo de esto es facilitar a los contribuyentes la generación de facturas.
"Próximamente el proceso de pago y el de facturación estarán integrados en las terminales de punto de venta, las tarjetas contarán con la información fiscal del contribuyente y se generará la factura" dijeron en una conferencia de prensa.
La información solicitada por el SAT incluye nombre del cuentahabiente, RFC, CURP, límite de crédito en la tarjeta al 31 de diciembre y montos de los pagos mensuales realizados, sin importar la forma de pago y desglosados por mes.
La disposición ya provocó la inconformidad de Banco Azteca, que promovió una demanda de amparo para impugnar el oficio enviado por el SAT el pasado 17 de enero, en el que se le dio hasta el 29 de febrero para entregar prácticamente todos los datos del manejo de cuentas de sus tarjetahabientes.
El SAT confirmó que está realizando estas peticiones a los bancos y que la ley le confiere atribuciones.
Aclaró que el artículo 42-A del Código Fiscal de la Federación, estableció la facultad para solicitar a los contribuyentes, responsables solidarios o terceros -en este caso bancos- datos, informes y documentos, para planear la fiscalización.
“La información se solicita”, justificó, “para corroborar que los datos sean consistentes con las declaraciones de los contribuyentes y, en su caso, determinar si es necesario realizar una acción de control”.
Sin embargo, Hamlet González, experto en cuestiones de carácter fiscal de la emisora de radio Central FM Equilibrio, menciona que otro de los objetivos de este convenio es tener un control exhaustivo sobre las operaciones realizadas con tarjeta de crédito y débito.
De esta manera, el SAT podrá detectar en las personas físicas las “discrepancias fiscales”, que es cuando realizas más compras con tu tarjeta de crédito en comparación con los ingresos que tienes declarados ante la autoridad.
¿Pero qué pasa cuándo un mexicano tiene una tarjeta de crédito internacional emitida en otro país? La terminal de punto de venta no podrá emitir la factura instantánea, ya que no aparecerá su RFC vinculado al chip de la tarjeta.
De acuerdo con Hamlet, si en algún caso se registra un mayor gasto en comparación con el ingreso percibido, la autoridad podrá requerir cobrarles.
Hamlet no es el único que opina esto. Silvino Vergara Nava Licenciado en Derecho y Titular del despacho Consultoría Contencioso Administrativa, pidió a los ciudadanos tener cuidado con el uso de tarjetas de crédito, ante este reciente anuncio, ya que el SAT busca en realidad ver si existen más gastos que ingresos declarados para concluir que la diferencia es causa de Impuesto Sobre la Renta, por lo que deberán pagar a la autoridad fiscal.
La generación de facturas instantáneas entrará en vigor durante los primeros cuatro meses del 2020 y será voluntario en una primera etapa, donde cada contribuyente podrá decidir si quiere generar factura al momento de pagar. Sin embargo, aunque no se pida factura todas las operaciones generadas con tarjeta son enviadas al SAT, indicó Luis Niño de Rivera.
El SAT afirma que actualmente ya cuentan con la información sobre las cuentas de los contribuyentes y que esta medida solo busca facilitar la emisión de facturas con tarjetas, aunque parece que expertos en la materia difieren.
Con información de SANDIEGORED e IMCP