Declaran inconstitucional la reforma eléctrica de AMLO

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Declaran inconstitucional la reforma eléctrica de AMLO

Especial
El juez aclaró que el amparo sólo beneficia a las empresas quejosas, y que será la Corte la que resuelva la invalidez general de la reforma

La reforma a la Ley de la Industria Eléctrica (LIE) que impulsó Andrés Manuel López Obrador, se declaró inconstitucional por parte del juez Juan Pablo Gómez Fierro.

Dicha reforma que desde marzo pasado está vigente ha limitado la libre competencia y es discriminatoria, ya que da prioridad al despacho de energía generada por las centrales de la Comisión Federal de Electricidad, que se han incluido las que queman combustóleo y carbón, sobre privadas de fuentes renovables.

"Ocasiona que se limite el despacho de centrales eléctricas que pueden ser más eficientes, lo que se reflejará en tarifas eléctricas más elevadas para los consumidores finales (...) en detrimento del criterio de sustentabilidad y sin favorecer el crecimiento de oportunidades de desarrollo de energías limpias, baratas y eficientes que reduzcan el costo de la energía", afirmó el juez Gómez Fierro especializado en Competencia Económica.

De acuerdo con Reforma, el amparo se ha notificado en favor de 4 filiales del grupo Naturgy Energy, primera sentencia en la que se resuelve sobre los alegatos de inconstitucionalidad de más de 250 firmas privadas que impugnaron la reforma.

El juez aclaró que el amparo sólo beneficia a las empresas quejosas, y que será la Corte la que resuelva la invalidez general de la reforma, pues diputados de Oposición la impugnaron directamente ante el máximo tribunal mediante una acción de inconstitucionalidad admitida en abril.

Gómez Fierro y su colega Rodrigo de la Peza, congelaron en marzo la aplicación de esa reforma, con efectos generales en cada una de las más de 250 suspensiones que concedieron, advirtiendo desde entonces que había indicios claros de que es inconstitucional.

Sin embargo, los dos tribunales colegiados especializados han empezado a revocar las suspensiones, pues cinco de sus seis magistrados afirman que la reforma sólo afectará a las empresas privadas hasta que la Secretaría de Energía (Sener), la Comisión Reguladora de Energía (CRE) y el Cenace emitan lineamientos, políticas y acuerdos para aterrizar los cambios legales.

Los tribunales colegiados sólo han revocado alrededor de 15 suspensiones, por lo que les tomará de uno a dos meses revocarlas todas, y hasta entonces el Gobierno podrá aplicarla, mientras que, en paralelo, la Corte tendrá que dictar la sentencia final sobre su constitucionalidad, aunque no tiene plazo para ello.