Van ocho casos de colocación de apellido materno antes que el paterno en Coahuila

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Van ocho casos de colocación de apellido materno antes que el paterno en Coahuila

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Ocho matrimonios rompen con la tradición al momento de registrar a sus hijos

De 2015 a 2016 únicamente 8 matrimonios decidieron que sus hijos llevaran el apellido materno en primer lugar que el paterno, mientras que durante 2017 no se ha presentado ninguna otra solicitud ante el Registro Público en Coahuila, explicó Dora Alicia de la Garza Villanueva.

Desde 2015 se presentó por reforma a la legislación, Ley de la Familia, la posibilidad de los padres de familia decidieran qué apellido querían que los hijos llevaran primero, si el paterno o el materno.

“Durante 2015 y 2016 hemos registrado a 8 niños bajo esta circunstancia en donde los padres de familia decidieron que primero se pusiera el primer apellido paterno, seguido del primero materno”, explicó la directora del Registro Civil en Coahuila.

Sin embargo, en 2017 no se ha hecho ninguna solicitud para que el primer apellido de la mamá de un recién nacido sea el primero en aparecer en el nombre completo con el cual se va a registrar a un menor de edad.

Los padres que hicieron el cambio del orden de los apellidos de los hijos, como tradicionalmente se hace, son de Saltillo y de Piedras Negras, únicamente.

La directora del Registro Civil, Dora Alicia de la Garza, explicó que la modificación a la Ley de la Familia, antes Código Civil, fue para dar equidad a la mujer.

El registro de menores al momento de nacer es obligatorio en Coahuila y se puede realizar durante los dos primeros meses de nacido, y en caso de vencer ese plazo se debe tramitar el certificado de inexistencia.

Para presentar a un menor a registrarse en Coahuila se requiere del certificado de alumbramiento, el acta de matrimonio en el caso de que los padres estén casados, identificación oficial de los padres, actas de nacimiento de ellos y dos testigos mayores de edad con identificación vigente.

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En caso de no existir el matrimonio, pero habrá un reconocimiento del hijo por parte del padre, deberá presentarse a la hora del registro ante cualquiera de los jueces, y en caso de no registrarlo el padre, bastará con la presencia de la madre, de quien llevará los apellidos.

Cuando acuden padre y madre al registro se debe tomar la decisión de en qué orden quedarán los apellidos.

 

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Equidad de género
-El orden de los apellidos de los recién nacidos, los establecen los códigos civiles de cada Estado. -Sólo tres estados de la República ofrecen una elección. -En 2013, Yucatán se convirtió en el primer Estado en permitir el apellido materno anteceda al paterno. -El Estado de México aprobó una reforma similar en 2015 y Morelos lo hizo este año. -Guanajuato autoriza el cambio sólo en casos extraordinarios. -Los códigos civiles o familiares en 5 estados establecen que el primer apellido deber ser el paterno. -En los códigos de 10 estados y la Ciudad de México no se especifica un orden. -Todos los Estados incluyen excepciones para hijos nacidos de madres solteras.