Violencia intrafamiliar sería sujeta a indemnización económica

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Violencia intrafamiliar sería sujeta a indemnización económica

Ibarra Olguín abundó en el tema, en el que si se demanda la violencia intrafamiliar como daños, porque está generando un daño físico, psicológico o moral a la persona, ésta puede reclamar que se le pague. Foto: Tomada de Internet
Ibarra Olguín abundó en el tema, en el que si se demanda la violencia intrafamiliar como daños, porque está generando un daño físico, psicológico o moral a la persona, ésta puede reclamar que se le pague

En busca de apoyar a las víctimas de violencia, la Dra. Ana María Ibarra Olguín, directora general del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, propuso la indemnización económica, para evitar que toda demanda de este tipo quede impune.

Durante  la mesa de diálogo ‘Violencias de género y en el entorno familiar en el marco de la pandemia’, realizada por el Departamento de Derecho de la Universidad Iberoamericana Ciudad de México en el seminario online ‘El Derecho frente a la pandemia del Covid-19’, Ibarra Olguín abundó en el tema, en el que si se demanda la violencia intrafamiliar como daños, porque está generando un daño físico, psicológico o moral a la persona, ésta puede reclamar que se le pague, por ejemplo, por las terapias psicológicas a las que tiene que ir esta persona que es víctima de violencia.

Durante la mesa de diálogo, la directora General expresó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha reconocido, en un sentido amplio, qué es la violencia familiar, dándole cabida a todas sus expresiones: violencia emocional, violencia física, violencia sexual; lo que es un primer paso muy importante, para que cuando se presente una.

El desequilibrio de poder, mencionó, Ana María Ibarra Olguín, sobre todo el que se da entre hombres y mujeres, y que da origen a la violencia en la mayoría de las ocasiones, el juzgador tiene que activar una serie de deberes; y esto es juzgar con perspectiva de género Y, si la demanda es de violencia familiar, pueden tratarse la pensión alimenticia y el divorcio.

Otra cuestión es que también demanda al juez de oficio el tener que activar las medidas de prevención. Si el juez observa que puede estar en riesgo la víctima de violencia, sea una mujer, niño, niña, adolescente, una persona con discapacidad o que pertenezca a la comunidad LGBT+, tiene que actuar oficiosamente y activar las medidas precautorias, por ejemplo, diciendo que el agresor no puede estar en el mismo domicilio.

El Consejo Nacional de la Población (Conapo) define a la violencia familiar como el uso intencionado y repetido de la fuerza física o psicológica para controlar, manipular o atentar en contra de algún integrante de la familia.

El Portal de Datos Abiertos de la Ciudad de México indica que durante el 2019 la violencia familiar fue el delito más denunciado con 24 mil 522 carpetas de investigación.

Este ilícito está por encima del robo a negocio sin violencia, que en el mismo lapso acumuló 15 mil 614 indagatorias judiciales por parte de la Procuraduría General de Justicia (PGJ).