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Uniones restringidas por el VIH
Por Leonardo Bastida Aguilar para Letra S
Al igual que muchos hombres de Aguascalientes, Juan se fue a Estados Unidos “a calarle” a ver si podía obtener un mejor porvenir. En México se quedó Esperanza, su pareja, con quien no pudo casarse antes de partir. Tras varios años “en el norte”, regresó a vivir con Esperanza y la hija de ambos. Logró obtener una pensión vitalicia que desde la nación norteamericana le depositan puntualmente mes con mes. Sin embargo, desde hace varios años ha tenido que enfrentar a la legislación local para poder nombrar beneficiarias de su pensión a su esposa y a su hija.
Alrededor de 24 horas es el tiempo que le toma a una persona poder casarse ante el Registro Civil de Aguascalientes, una vez que ha cumplido con todos los requisitos. Sin embargo, a otras personas les ha tomado hasta dos años lograrlo, y sólo ha sido posible luego de obtenida una dispensa, es decir, un permiso para realizar algún acto o acción a pesar de incumplir con lo ordenado por la ley, tras un largo juicio civil. En el caso de la entidad, en la última década, al menos siete parejas, incluida la de Juan y Esperanza, se han enfrentado a trabas en las oficinas del Registro Civil debido a su condición de salud: vivir con VIH, pues la ley vigente no permite a quienes tienen una “enfermedad de transmisión sexual” contraer matrimonio.
En el caso de la pareja, el trámite duró más de dos años, y no ha terminado. Una vez que ganaron el juicio para poder matrimoniarse, tuvieron que abrir otro para poder registrar a su hija en común, pues en su momento, por no estar casados, no lo pudieron hacer. Juan espera que el trámite se arregle pronto y así pueda garantizarle a su familia un apoyo económico de por vida.
Datos proporcionados por Fundación VIHDHA, organización civil que da acompañamiento legal a personas con VIH, señalan que dos de las siete parejas que han solicitado su apoyo aún se encuentran en un proceso judicial para poder obtener un acta de matrimonio; otras tres esperaron entre uno y dos años y medio para poder concluir su trámite, el cual comenzó con una negativa por parte del Registro Civil de la capital del estado y culminó cuando se obtuvo un fallo favorable por medio de un juicio. Otras dos parejas desistieron en el intento. Una de ellas, cuando personal del registro leyó en voz alta que uno de los integrantes de la pareja vivía con VIH, optó por no continuar el proceso.
En entrevista, Rosalinda Arechar Lara, integrante de la organización, quien habló por las parejas afectadas, que optaron por no dar entrevista a fin de salvaguardar su identidad y evitar ser reconocidas, explicó que todas las parejas apoyadas ya tenían años viviendo juntas e incluso tenían hijos en común. En la mayoría de los casos, su deseo era afiliarse a un sistema de seguridad social y/o acceder a una pensión u otros beneficios heredables o legales. Una excepción fue una pareja en la que uno de los integrantes estaba en reclusión, pero no podía recibir la visita de su compañera porque no estaban casados. Al intentar hacerlo, se encontraron con el mismo camino que Juan y Esperanza: meses de lucha en los juzgados civiles.
Aguascalientes, Jalisco, Puebla, Quintana Roo, Querétaro, Tamaulipas y Veracruz no exigen la realización de algún examen médico, pero en los requisitos para casarse solicitan los resultados de una prueba de VIH y de sífilis.
De acuerdo con Arechar, ante la situación han pedido apoyo a instancias como la Comisión Estatal de Derechos Humanos, sin obtener respuesta de su parte ni de otras autoridades. Además, mencionó que la medida no responde a una cuestión de salud sino de control de las personas.
Muchas veces las personas con VIH no exigen sus derechos porque tienen miedo a ser identificadas debido a que la ciudad de Aguascalientes es pequeña, afirma Rosalinda, quien recuerda que en varias ocasiones han trabajado para sensibilizar al personal del Registro Civil, el cual les responde que no puede hacer más que recomendarle a las personas con VIH iniciar un proceso judicial debido a la normativa del estado.
Indicó que otras parejas se han acercado a la organización por la misma situación pero dudan por el temor de enfrentarse a un proceso en el cual se pueda hacer pública su situación serológica y tengan que enfrentar el estigma y la discriminación aún prevalente en la entidad, donde hace menos de dos años se censuró un anuncio espectacular de la campaña implementada por el Consejo Nacional para la Prevención y el Control del VIH/sida, debido a que en éste aparecía una pareja homosexual.
Una prueba para casarse
La situación no es exclusiva de Aguascalientes. En julio de 2017, la diputada del Congreso de Michoacán, integrante del Partido Acción Nacional, Andrea Villanueva Cano, anunció que propondría una iniciativa para que la prueba de VIH fuera obligatoria para cualquier pareja que deseara celebrar matrimonio en la entidad. La legisladora señaló que la medida derivaba de un aumento en el número de nuevas infecciones entre cónyuges, por lo que buscaba “generar el mecanismo para que (las personas) estén informadas sobre el padecimiento, y tomen medidas preventivas si deciden casarse y tener hijos”.
La iniciativa de la diputada no fructificó, por el contrario, al final del año presentó otra iniciativa para la integración al Consejo Estatal para la Prevención del SIDA a la Ley de Salud local como una instancia para coordinar las acciones de prevención y control de VIH en la entidad.
Si bien en la legislación civil michoacana no quedó como obligatoria la prueba de VIH para poder contraer matrimonio, en los códigos civiles de Baja California, Baja California Sur y Coahuila se menciona que tener el síndrome de inmunodeficiencia adquirida es uno de los motivos por los cuales una persona no puede casarse.
Las legislaciones de estados como Aguascalientes advierten que una enfermedad de transmisión sexual (sic) es una de las razones para impedir a una persona acceder a su derecho a la unión matrimonial. En el caso de Baja California Sur, Campeche, Coahuila, Colima, Durango, Oaxaca y Tamaulipas se menciona de manera explícita a la sífilis. Caso particular es el Estado de México, donde se indica que la bisexualidad es un motivo por el cual la persona no puede contraer matrimonio. Las demás legislaciones estatales y el Código Civil Federal establecen que no podrá hacerlo quien padezca alguna enfermedad infecciosa o incurable, sin especificar el tipo.
Si bien en muchas legislaciones no se menciona de manera explícita al VIH como un impedimento para casarse, en San Luis Potosí, Sinaloa y Yucatán se mandata dentro de sus propios códigos civil o familiar, la realización de un examen médico como un requisito para poder celebrar la unión matrimonial. En otros estados, como Aguascalientes, Jalisco, Puebla, Quintana Roo, Querétaro, Tamaulipas y Veracruz, no se menciona, de manera específica, la necesidad de la realización de algún examen médico, pero dentro de los requisitos se solicitan los resultados de una prueba de VIH, con una vigencia no mayor a 15 días, así como de sífilis (VDRL). En Colima, Hidalgo, Morelos, sólo se solicita la prueba VDRL. En Chihuahua, se pide un certificado médico se indique si existe algún padecimiento de los futuros cónyuges, al igual que en Chiapas, Campeche, Durango, Estado de México (donde se solicita identificar alguna enfermedad contagiosa), Guanajuato, Guerrero, Michoacán, Nuevo León, Oaxaca, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tlaxcala y Zacatecas.
Algunas parejas se han acercado a la organización VIHDA para exigir su derecho, pero dudan por el temor de enfrentarse a un proceso en el cual se pueda hacer pública su situación serológica y tengan que enfrentar el estigma y la discriminación aún prevalente en su entidad.
En Nayarit, de manera específica, además del certificado médico se pide un análisis de sangre. La única entidad de la República Mexicana donde no se solicitan exámenes médicos para celebrar un matrimonio es la Ciudad de México.
En un ejercicio de acceso a la información realizado por este suplemento, la mayoría de las entidades reportó que no tiene datos o referencias de personas a las que se les haya negado la posibilidad de contraer matrimonio a causa de su estado serológico. Algunas entidades federativas fueron más explícitas como Durango, que respondió que dicho registro no existe debido a que no hay formulario donde se interrogue sobre el estado de salud en cuanto a infecciones de transmisión sexual. En el caso de Jalisco, se señaló que no se reportan las solicitudes de actos que son rechazadas por no cumplir con los requisitos de ley.
En Coahuila, Nayarit, Quintana Roo y Sonora se dijo que no se negó el matrimonio por dicha causa en los últimos 17 años. Tlaxcala señaló que no hay antecedente alguno debido a que los trámites de matrimonio no se solicitan por escrito. Caso excepcional fue Colima, donde la Oficialía del Registro Civil señaló que si bien existe la restricción en las leyes locales, en caso de que los contrayentes deseen continuar el trámite, es posible hacerlo.
Un resquicio de esperanza
A pesar de vivir por 12 años juntos, una pareja heterosexual no pudo concretar su matrimonio en Chihuahua debido a que tanto ella como él vivían con VIH. En julio de 2007 acudieron a la oficina del Registro Civil del estado, acompañados de organizaciones de la sociedad civil, para solicitar el registro de su matrimonio. Éste les fue negado una vez que varias autoridades analizaron los resultados de sus pruebas médicas y concluyeron que, conforme a lo entonces estipulado en el artículo 144 del Código Civil chihuahuense, no podían casarse por tener una “‘enfermedad crónica e incurable que además sea contagiosa y hereditaria”.
Ante la imposibilidad de casarse en su propio estado, la pareja pidió ayuda para ingresar un amparo y acceder a su derecho al matrimonio. Ante la relevancia pública que adquirió el caso, en octubre del mismo año, el Congreso de Chihuahua derogó el párrafo referente al impedimento al matrimonio por tener una enfermedad contagiosa a fin de “eliminar disposiciones discriminatorias para las personas con enfermedades crónicas e incurables”.
En Aguascalientes el panorama es diferente a pesar de que se han documentado casos similares desde hace varios años. Para Rosalinda Arechar, la derogación del párrafo del artículo 153 del Código Civil, en el que se menciona la imposibilidad de que una persona contraiga matrimonio en caso de tener una enfermedad infecciosa o contagiosa, así como la eliminación del requisito de presentar el resultado de una prueba de VIH, son parte de los pendientes del gobierno y del Congreso del estado con las personas con VIH, pues desde hace varias legislaturas, organizaciones de la sociedad civil han exigido dichos cambios, debido a que merman sus derechos y los discriminan. Sin embargo, no han encontrado eco a su reclamo hasta el día de hoy. “Ese requisito no debería de existir”, afirmó la activista.