“Tumba” el Tribunal Electoral de Coahuila a otro candidato: independiente que contendía por la alcaldía de Matamoros

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“Tumba” el Tribunal Electoral de Coahuila a otro candidato: independiente que contendía por la alcaldía de Matamoros

Treviño Ramírez dijo que el candidato primero intentó acreditar su residencia con una credencial de elector expedida por el INE en el año 2019, de la cual se desprendía un domicilio en Matamoros.
Con la cancelación de la candidatura, también se revocó el registro de toda la planilla de síndicos y regidores, así como la lista de representación proporcional que presentó el señalado.

El Tribunal Electoral de Coahuila canceló hoy el registro de Gerardo Marentes Zamarripa como candidato independiente a la Presidencia Municipal de Matamoros, Coahuila, al no acreditar el requisito de residencia en esa localidad.

Ésta es la segunda candidatura que cancela en menos de 24 horas esta instancia jurisdiccional, luego de que ayer lunes, también anuló la de Emilio de Hoyos Montemayor, aspirante por Morena en Acuña.

El proyecto, propuesto por la ponencia de la magistrada Elena Treviño Ramírez fue votado por unanimidad, luego de que el Partido Verde Ecologista de México interpuso un juicio electoral contra el acuerdo del Comité Municipal del IEC en esa población en el que validó la candidatura de Marentes Zamarripa.

Con la cancelación de la candidatura, también se revocó el registro de toda la planilla de síndicos y regidores, así como la lista de representación proporcional que presentó el señalado.

La sentencia estableció que Marentes Zamarripa no sólo no presentó la constancia de residencia necesaria para obtener su registro, sino por el contrario, dicho Ayuntamiento emitió una prueba documental en la que se advierte que el demandado no reside en esa municipalidad, razón por la cual fue negada la expedición de esa constancia.

Cabe señalar que al tratarse de un candidato independiente, no procede su sustitución, sino solamente la cancelación de dichos registros.

La magistrada ponente destacó que en este asunto, las dos partes, tanto la actora como el tercero interesado, agregaron probanzas que solicitaron fueran valoradas al momento de elaboración del proyecto correspondiente.

Treviño Ramírez dijo que el candidato primero intentó acreditar su residencia con una credencial de elector expedida por el INE en el año 2019, de la cual se desprendía un domicilio en Matamoros.

“Sin embargo, este documento no puede equipararse a una constancia de residencia porque ha sido criterio de las instancias jurisdiccionales que dicho documento sólo acredita que una persona ha pasado por un trámite ante una autoridad registral”, explicó.

Luego, añadió la juzgadora, el candidato independiente trató de acreditar ante el Comité Municipal su residencia con un escrito que presentó bajo protesta de decir verdad que vive en Matamoros y luego con un escrito en el que acreditaba haber sido el tesorero de ese municipio.

“Ni la credencial elector, ni el documento bajo protesta decir verdad, ni las constancias del expediente administrativo sustituyen el único documento que expresamente prevé el Código Electoral para probar esta exigencia, es decir la constancia de residencia”, apuntó.

En el proyecto con el que hoy se da cuenta se propone declarar fundado este agravio principal que consiste en que el candidato no acreditó este requisito de elegibilidad que es la residencia en el municipio por el cual pretende contender”, finalizó.