Tribunal desecha protesta contra alza a tarifas del transporte en Saltillo

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Tribunal desecha protesta contra alza a tarifas del transporte en Saltillo

Argumenta Tribunal de Justicia Administrativa la falta de una copia fotostática

En Saltillo, después de interponer un recurso de apelación, un grupo de ciudadanos fue notificado que nuevamente el Tribunal de Justicia Administrativa desechó su demanda contra el Ayuntamiento por el alza a las tarifas de transporte, por una falta en “una copia fotostática”. 

La sentencia de apelación con expediente RA/SFA/021/2019, inicia con el análisis de la demanda interpuesta ante la primera instancia durante el mes de abril, por el alza al transporte que se aprobó por parte del Cabildo de Saltillo y se ejecutó posteriormente por el Instituto Municipal de Transporte en marzo de este mismo año para dejarlo de 11 a 13 pesos la tarifa general.

Dicha alza provocó que entre el 22 y el 23 de marzo de este año, estudiantes y usuarios del transporte tomaran las calles de la capital coahuilense para manifestar su descontento, aunque de ello solo se desprendió un procedimiento legal iniciado por el ciudadano Jonathan Hernández y defendido jurídicamente por el abogado Gerardo Mata.

Pese a que en la demanda los ciudadanos presentaron señalamientos al Ayuntamiento de Saltillo, el Tribunal de Justicia Administrativa dio la razón a la primera sentencia donde se había dado por “no interpuesta” la demanda de los ciudadanos.

Entre los errores que se exponen sobre la demanda, se encuentran las faltas a la Ley de Transporte y Movilidad Sustentable para el Estado de Coahuila, y asimismo, se expresa que la falta de fundamentación en los actos es rechazada por los artículos 14 y 16 constitucionales y que han sido utilizados para efectos similares por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

En la sentencia donde el Tribunal en segunda instancia da la razón, se detalla que el documento faltante es perteneciente a los artículos 46 y 47 de la ley de procedimientos contenciosos administrativos de Coahuila, y en ese sentido, se expresa que la determinación se dio porque el ciudadano presentó como identificación la tarjeta de “Saltibus”, por lo que el Tribunal asentó que en efecto, el documento no tiene fuerza legal para promover la demanda.

En sus palabras, el ciudadano promovente manifestó que si bien esta sentencia concluye una segunda instancia, la demanda no llegará hasta ahí y advirtió se agotarán todos los recursos para llevar el caso ante un Tribunal Federal. 

¿Lo recuerda?

  • Fue en marzo cuando el Cabildo aprobó un incremento a la tarifa general del transporte urbano.
  • Pasó de 11.00 a 13.00 pesos con pago en efectivo.
  • Jonathan Hernandez interpuso un “amparo”.
  • El Trubunal de Justicia Administrativa declara “no interpuesta” la demanda ciudadana.
  • En una segunda sentencia, el Tribunal declara que el documento presentado como identificación (tarjeta de Saltibús) por el ciudadano, carece de fuerza legal.