TEPJF ordena a Netflix editar película donde aparece candidata de PAN

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TEPJF ordena a Netflix editar película donde aparece candidata de PAN

La Sala Regional Especializada, del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó a Netflix desaparecer, de esa cinta, la imagen de la panista, porque ello responde a una propaganda política personalizada. ESPECIAL
Fueron dos votos a favor y uno en contra, por los que se aprobó el solicitar a la plataforma Netflix, el que edite la película

CIUDAD DE MÉXICO.- La plataforma Netflix deberá editar la película "Se busca papá", en la parte en que aparece –por 8 segundos- la hoy candidata plurinominal del PAN, María Teresa Jiménez, quien además es alcaldesa con licencia, de Aguascalientes.

La Sala Regional Especializada, del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó a Netflix desaparecer, de esa cinta, la imagen de la panista, porque ello responde a una propaganda política personalizada.

Fueron dos votos a favor y uno en contra, por los que se aprobó el solicitar a la plataforma Netflix, el que edite la película.

La mayoría del pleno consideró que la alcaldesa no cuidó la mesura al grabar una escena de la película, pues las personas del servicio público no deben utilizar o aprovechar las oportunidades, que con motivo de su encargo, puedan estar a su alcance para posicionarse ante la ciudadanía, ello porque quebrantan la equidad en el proceso electoral.

"Se vincula a las empresas productoras para que editen la película "Se busca papá", para que lleven a cabo todas las acciones indispensables con Netflix Inc y Netflix Global para que la película se sustituya", se indicó en la sentencia.

La magistrada Gabriela Villafuerte y el magistrado Luis Espíndola, votaron a favor del proyecto.

El magistrado Rubén Lara, se opuso al mismo tras considerar que la aparición de María Teresa Jiménez, por 8 segundos en donde lo único que hace es cortar un listón, no responde a promoción personalizada.

"Son 8 segundos y lo único que hace es cortar un listón en un evento rodeada de personas, no se hace alusión a su nombre, cargo o pertenencia", fundamentó.

En la misma sentencia se especificó que no hubo uso indebido de recursos público o actos anticipados de campaña, así como un supuesto fraude al modelo de comunicación política al contratar supuesta propaganda en el extranjero, como proponía el partido denunciante.