Suprema Corte determina que las parejas del mismo sexo tienen derecho a procrear y criar niños
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Suprema Corte determina que las parejas del mismo sexo tienen derecho a procrear y criar niños
La vida familiar entre personas del mismo sexo no se limita únicamente a la vida en pareja, sino que “puede extenderse a la procreación y a la crianza de niños y niñas según la decisión de los padres”.
Así lo determinaron, de manera unánime, los ministros de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), luego de analizar las resoluciones de otras cortes a nivel internacional en materia de reconocimiento de derechos a las parejas del mismo sexo y después de observar que organismos como el Tribunal Europeo de Derechos Humanos han concluido que existe una “similitud entre las parejas homosexuales y heterosexuales en cuanto a su capacidad de desarrollar una vida familiar”.
Por esa razón, los ministros de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitieron la tesis jurisprudencial 08/2017 titulada “derecho a la vida familiar de las parejas del mismo sexo”, que se publicó el pasado 27 de enero y entro en vigor a partir del pasado lunes 30 de enero.
El documento señala que la Corte considera que “existen parejas del mismo sexo que hacen vida familiar con niños y niñas procreados o adoptados por alguno de ellos, o parejas que utilizan los medios derivados de los avances científicos para procrear”.
Los ministros de la Suprema Corte llegaron a esa conclusión luego de que la SCJN emitió cinco sentencias a favor de parejas del mismo sexo, de diferentes partes de la República Mexicana, que deseaban conformar una familia, ya sea mediante la adopción de un menor o el acceso a tratamientos de reproducción asistida, entre los años 2012 y 2015.
La resolución de la Corte implica que las parejas del mismo sexo que deseen conformar una familia con hijos no podrán verse limitadas de esa posibilidad ante ninguna instancia.