Si tu banco te perdona tus adeudos debes saber que el fisco no

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Si tu banco te perdona tus adeudos debes saber que el fisco no

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Dicha condonación para efectos fiscales constituye una modificación en el patrimonio y debe considerarse un ingreso gravable

CDMX.- Si tu negocio tuvo años difíciles, no lograste cubrir ciertos adeudos bancarios y estos fueron cancelados parcial o totalmente por tu banco por condonación o imposibilidad de cobro, es importante que sepas que dicha condonación para efectos fiscales constituye una modificación en el patrimonio y debe considerarse un ingreso... gravable.

Es decir, deberás pagar el Impuesto Sobre la Renta (ISR) correspondiente, en virtud de que ese evento “incrementa el patrimonio del contribuyente y su capacidad económica, pues lo libera de cubrir la cantidad adeudada”.

TAMBIÉN EN LAS ‘QUITAS’
Este tratamiento también aplicará a las llamadas quitas, las cuales deben ser consideradas entre los ingresos acumulables del causante, expuso IDC de GINgroup en un análisis.

Por tanto, si se conviene con un acreedor bancario pagar una deuda con bienes, pero el valor de los mismos solamente asciende, por ejemplo, a 50 por ciento de la deuda, el 50 por ciento restante debe considerarse que no fue pagada, sino que fue condonada, por ende el monto que corresponde a dicho porcentaje perdonado constituye un ingreso acumulable por el que se debe pagar ISR. El Financieroun profesionista cuya tarjeta de crédito se utilizó para su desarrollo profesional, y cuyo crédito adeudado le fue condonado, tendría un ingreso gravado para el ISR por el monto condonado.