Sentencias públicas: ¿basta con publicarlas para conocer la justicia?

Usted está aquí

Sentencias públicas: ¿basta con publicarlas para conocer la justicia?

Se ha publicado la reforma a la Ley General de Transparencia que establece la obligación de difundir las versiones públicas de las sentencias dictadas. Este cambio surge del contexto de opacidad que ha prevalecido sobre todo en la justicia local.

Desde hace tiempo existe la obligación de publicar las resoluciones judiciales, pero también es cierto que muchos tribunales se negaron a publicar sus sentencias por no considerarlas relevantes para el interés público. Pero aún los tribunales que han difundido sus sentencias, la opinión especializada crítica su falta de accesibilidad: no es suficiente con colocarlas en internet; es necesario un sitio proactivo que facilite el acceso clasificado de los diferentes temas que resuelven los tribunales.

La garantía de la sentencia pública, por tanto, exige no solo difundirlas sino sistematizarlas a partir de buenas prácticas judiciales que aseguran el derecho de acceder a una sentencia clara, precisa y accesible. En Coahuila, por ejemplo, el Poder Judicial tiene ya su sitio en donde publica todas las versiones públicas de las resoluciones. Somos de los pocos tribunales locales que cumplen ya con esta obligación. Sin embargo, la transparencia judicial nos exige siempre un paso más.

Ayer presenté al Pleno un punto de acuerdo para que la comisión que aprobamos para sistematizar los criterios locales también conozca de la propuesta para garantizar una mayor transparencia. El debate de la reforma judicial nos exige a los poderes judiciales asumir mayores y mejores estándares de difusión de nuestro trabajo judicial.

En primer lugar, las sentencias deben ser claras en su motivación. Debemos abandonar los formatos largos, incomprensibles, opacos y con muy poca motivación de hechos y de derecho. Las prácticas de tribunales internacionales líderes nos enseñan un nuevo modelo de sentencias. Desde que inicié mi función judicial, he asumido una nueva forma de redactar las sentencias. En mi ponencia se han ido incorporando los mejores estándares y pronto promoveré un seminario para discutir con expertos internacionales un estándar de sentencia clara, sencilla y accesible. Pondré al escrutinio público mi tipo de sentencia para recibir las críticas, discutir las mejores prácticas y mejorar mi trabajo judicial.

En segundo lugar, las sentencias deben facilitar al ciudadano la difusión de sus criterios. Las personas deben saber cuáles son las razones públicas aceptables que dirimen los conflictos para saber a qué atenderse. En el modelo de sentencia que he empleado, las tesis se glosan para identificar lo que es una ratio decidenci o un obiter dictum. Para darle mayor certeza al precedente judicial, las sentencias deben contener los criterios que deciden la controversia. Eso facilita la correcta aplicación del Derecho en forma igual.

En México, existe una tradición de la justicia federal de sistematizar las tesis de jurisprudencia y aisladas. Muy pocos tribunales locales tienen la obligación de sistematizar sus criterios. En Coahuila nuestra ley orgánica ya nos obliga. La tarea de glosar tesis judiciales tiene ventajas y desventajas. Lo más negativo quizás es que nuestra comunidad jurídica se ha mal acostumbrado a leer tesis y no sentencias: aprender de resúmenes, a veces uno queda resumido de conocimiento. Pero en el fondo, a mi juicio, es una buena práctica para facilitar el conocimiento de las sentencias.

Hoy se discute un nuevo modelo de tesis jurisprudencial en el ámbito federal. Existen, sin embargo, mejores prácticas de otros tribunales para difundir el precedente judicial. Tenemos que avanzar en una mejor metodología de elaboración, aplicación y difusión de la jurisprudencia.

En ejercicio de mi función judicial, he sistematizado las tesis de las sentencias. Lo seguiré haciendo, aunque como ha sido público, mis colegas de la sala penal no quieran discutirlos, porque al final, tanto para ellos como para los operadores del sistema penal, es muy útil las tesis locales porque en las sentencias siguen aplicando los criterios que están sistematizados en un libro que publique hace más de 20 años. He expresado mi voto particular porque creo que la sala penal no puede incumplir con su obligación de discutir y aprobar sus tesis. Pero como un buen ejercicio académico, pronto publicaré el nuevo libro de Tesis Penales que sistematiza los criterios que se han adoptado en el ejercicio de mi función judicial. De cualquier manera, seguiré presentando las tesis judiciales aunque no se quieran ni siquiera discutir.

En tercer lugar, no basta solo difundir sentencias y criterios. Hay que hacerlo a través de un sitio de transparencia que facilite su búsqueda con una debida clasificación de los apartados de las sentencias. He propuesto una serie de documentos a mis colegas del Pleno que sintetizan buenas prácticas de tribunales constitucionales de Francia, Alemania, Estados Unidos, Australia e Italia, así como de tribunales regionales de Europa y América. Creo que en nuestra justicia local debemos avanzar en las tablas de casos que sistematicen hechos, normas y doctrina a aplicar en las sentencias. Coahuila irá un paso adelante de la federación si adoptamos esas prácticas internacionales. En eso radica el verdadero cambio.

SENTENCIA PÚBLICA

Si nos tomamos en serio el derecho de las personas a una sentencia pública, los tribunales debemos facilitar el acceso a un precedente judicial claro, sencillo y accesible. De esa forma los jueces estaremos más expuestos al escrutinio público.

Pronto, además, promoveré un seminario con expertos internacionales para que critiquen nuestras sentencias. De esa crítica es como se mejora la justicia por el bien de la ciudadanía.