Senado aprueba en lo general reformas en materia de outsourcing; habría sanciones de hasta 4.4 mdp a quien viole la ley
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Senado aprueba en lo general reformas en materia de outsourcing; habría sanciones de hasta 4.4 mdp a quien viole la ley
El Senado de la República aprobó la eliminación de la outsourcing o subcontratación directa en el país, permitiéndola solo para tareas permanentes o esenciales.
Con 118 votos a favor y dos abstenciones, el dictamen quedó aprobado en lo general y se inició la discusión en lo particular con los artículos reservados.
La minuta establece que aquellas empresas que mantengan, se beneficien y practiquen el también llamado outsourcing podrían hacerse acreedores a sanciones de hasta 4.4 millones de pesos.
Con lo anterior, solo será legal la subcontratación de personal especializado que sea diferente al objeto económico de la empresa.
En este caso, los trabajadores tendrán que ser recontratados con el reconocimiento de todos sus derechos, así como su antiguedad en la empresa.
Sin embargo, las empresas interesadas deberán trámitar un registro especial ante la Secretaría del Trabajo; demostrando que están al corriente en obligaciones fiscales y de seguridad social.
Además, la refoma establece que cada cuatro meses se debe reportar al Infonavit e IMSS sobre los contratos con otras empresas; la información de los trabajadores y el monto de su salario base.
El reparto de utilidades alcanzará un monto máximo de tres meses de salario; o bien, el promedio recibido en los últimos tres años; lo que resulte más alto y benéfico para el trabajador.
Se aprueba en lo general la reforma a la regulación del outsourcing. pic.twitter.com/8CsdUuCevb
— Alberto Cristóbal (@jacristobal) April 20, 2021
Leyes a modificar
El dictamen preve la modificación a cinco leyes y el Código Fiscal de la Federación.
Federal del Trabajo
Del Seguro Social
Del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores
Código Fiscal de la Federación
Del Impuesto Sobre la Renta
Del Impuesto al Valor Agregado
Sanciones previstas
El patrón que no permita la inspección y vigilancia, que las autoridades del trabajo ordenen en su establecimiento, será acreedor de una multa de 250 a 5000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
Quien realice subcontratación, así como a las personas físicas o morales que presten servicios de subcontratación, sin contar con el registro correspondiente, se le impondrá multa de dos mil a 50 mil veces la UMA.
(Con información de Publímetro)