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SCT debe revelar zonas que serán expropiadas por NAICM
La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) debe revelar las áreas, calles y colonias del municipio de Ecatepec, Estado de México, que serán expropiadas por la construcción del Nuevo Aeropuerto de la Ciudad de México (NAICM), resolvió el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
“Con esta decisión, se enfatiza la importancia social que tiene una obra de esta dimensión, por los impactos para el desarrollo económico de la zona, por la incorporación de nuevas actividades productivas y los beneficios que redundarán en el área colindante de 11 municipios del Estado de México y cuatro delegaciones de esta ciudad”, afirmó el comisionado Rosendoevgueni Monterrey Chepov.
La dependencia deberá indicar si un domicilio de la colonia Nueva Aragón, referido por una particular en su solicitud de información, se encuentra entre los que serán expropiados, dijo al presentar el caso en el pleno.
“Dado que se trata de un proyecto, cuya construcción contempla programas de infraestructura destinados a mejorar la calidad de vida de los habitantes de la Ciudad de México y de las entidades federativas colindantes, con obras que les permitirán mayor movilidad”, dijo Monterrey Chepov.
Expuso que la particular que solicitó la información, enfatizando su interés por conocer la situación de un domicilio en específico, se inconformó y presentó un recurso de revisión ante el INAI, porque la dependencia se declaró incompetente y la orientó a presentar su solicitud ante la Unidad de Transparencia del Grupo Aeroportuario de la Ciudad de México (GACM).
En alegatos, la Secretaría reiteró su respuesta y proporcionó a la solicitante el vínculo para consultar el título de concesión otorgado al GACM para construir, administrar, operar y explotar lo que será el NAICM.
Sin embargo, en el análisis del caso a cargo de la ponencia del comisionado Monterrey Chepov, se determinó que la construcción del NAICM, “trasciende lo establecido en el título de concesión referido, ya que en éste no se contemplan obras complementarias de infraestructura vial y ferroviaria”.
De acuerdo con el INAI, la dependencia no cumplió con el procedimiento previsto en la Ley de Transparencia, para buscar la información, ya que no turnó la solicitud a todas sus unidades administrativas competentes.
“De la normatividad aplicable, se verificó que la Dirección General de Carreteras, la Dirección General de Aeronáutica Civil y la Dirección General de Desarrollo Ferroviario y Multimodal, cuentan con atribuciones para conocer la información requerida”.
Por tanto, el organismo revocó la respuesta de la SCT y le instruyó hacer una búsqueda exhaustiva en todas sus unidades administrativas competentes, “incluidas las señaladas anteriormente, a fin de que entregue al particular la información de su interés”.