Réplica a Rogelio Ramos Oranday

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Réplica a Rogelio Ramos Oranday

El objetivo del presente escrito es refutar las afirmaciones sin fundamento que contiene la la colaboración de Rogelio Ramos Oranday, Director Técnico del Clúster de Energía de Coahuila, publicada en el periódico Vanguardia el día de hoy.

 

A continuación presentamos cada una de los argumentos de quienes, según el Lic. Ramos, plantean la necesidad de aprovechar los recursos de hidrocarburos no convencionales, y los de los numerosos científicos y activistas que se oponen a esta tecnología:

 

1.  La norma mexicana establece el uso preferente de aguas residuales tratadas o salobres, por lo que no se afectarán las reservas para consumo humano

R. No existe norma mexicana sobre el fracking, sólo “LINEAMIENTOS para la protección y conservación de las aguas nacionales en actividades de exploración y extracción de hidrocarburos en yacimientos no convencionales”, que fueron emitidos por CONAGUA y publicados en el Diario Oficial de la Federación el 30 de agosto de 2017.

El artículo 5 de dichos lineamientos establece:

“Artículo 5.- En aquellos casos en que no haya disponibilidad de aguas en los acuíferos o cuencas en que se ubique el Área Contractual o del Área de Asignación, los Regulados podrán, en el ámbito de competencia de la Comisión:

a.  Promover la transmisión de derechos de títulos de concesión que hayan sido otorgados en el mismo acuífero o cuenca;

b.  Solicitar títulos de concesión para extraer aguas marinas interiores o del mar territorial para fines de desalinización, o

c.  Promover la autorización para utilizar aguas residuales no comprometidas provenientes del uso público urbano.”

Es decir, no sólo se considera la posibilidad de utilizar aguas marinas interiores o “aguas residuales no comprometidas provenientes del uso público urbano”, sino también “Promover la transmisión de derechos de títulos de concesión que hayan sido otorgados en el mismo acuífero o cuenca”.

Según lo ha informado el Dr. Rogelio Montemayor, Director del Clúster de Energía de Coahuila, hay agua disponible de las plantas tratadoras de aguas residuales de Piedras Negras y Acuña que podrían usarse para fracking, pero no hay –hasta la fecha- plantas de este tipo en operación en la Región Carbonífera, en donde también se planean perforar varios miles de pozos de fracking. ¿Cuál es el plan del clúster para esta región?

 

  1. Los protocolos de perforación exigen la instalación de tres capas protectoras en la tubería para no contaminar los mantos acuíferos, 

R. El Diario Oficial de la Federación del 16/03/2017 publicó las “DISPOSICIONES administrativas de carácter general que establecen los Lineamientos en materia de seguridad industrial, seguridad operativa y protección al medio ambiente para realizar las actividades de Exploración y Extracción de Hidrocarburos en Yacimientos No Convencionales en tierra.”

El artículo 41 de dichas disposiciones establece:

“Artículo 41. Con la finalidad de reducir los Riesgos e impactos durante los trabajos referidos en la presente sección, los Regulados deberán:

I. Diseñar y perforar Pozos con al menos dos Barreras probadas e independientes;..”

     Es decir, no se establece la instalación de “tres capas protectoras en la tubería para no contaminar los mantos acuíferos”.

(Nota: Los subrayados son nuestros).

 

  1. No hay casos registrados de daños a la salud

R. Hay muchísimos casos registrados, no sólo de riesgos, sino de daños efectivos a la salud. Citamos sólo tres referencias que contienen información de muchos artículos publicados sobre el tema:

  • La edición de 2018 del “Compendium of Scientific, Medical, and Media Findings Demonstrating Risks and Harms of Fracking”[1] (Compendio de hallazgos científicos, médicos y de medios que demuestran los riesgos y daños del fracking), el cual actualiza las evidencias crecientes de los daño a la salud producidos por fracking y metano. Este reporte lo ha publicado la Organización de Profesionales de la Salud del Estado de Nueva York (Concerned Health Professional of New York) en forma anual desde el 2014.
  • Base de datos con 1635 artículos[2], de los cuales 174 están relacionados con daños a la salud.
  • Documento “¿Por qué es urgente prohibir el fracking?”[3]

 

  1. El uso de gas como fuente de energía disminuye considerablemente la contaminación atmosférica al utilizarlo en lugar del carbón o del combustóleo para producir electricidad.

R. Está información es tendenciosa. No informa sobre la contaminación atmosférica que produce el metano que se fuga de los pozos de fracking. De acuerdo a la Agencia de Protección Ambiental de EEUU, el metano tiene un Potencial de Calentamiento Global 26-36 veces mayor que el bióxido de carbono que producen el carbón y el combustóleo.[4]

 

  1. Los países que prohíben el fracking no cuentan con reservas de gas o estas son muy pequeñas. Por el contrario, el Reino Unido acaba de aprobar la reanudación del uso de esta técnica.

R. Esta afirmación no tiene fundamento. Hay varios países que prohíben en uso de esta técnica, que tienen reservas de buen tamaño.

Además, en EE.UU. varios estados y condados en otros estados la han prohibido, entre ellos los Estados de Nueva York, Maryland, Colorado y Vermont, y varios condados en otros estados como Texas, en donde sufrieron en carne propia algunos de los daños que acarrea el fracking.

 

El hecho de que Coahuila disponga de una cantidad importante de hidrocarburos no convencionales, extraíbles mediante la técnica del fracking, no quiere decir que se tengan que extraer, si ello conlleva daños graves a la salud y al medio ambiente.