Rechaza Trife juicio promovido por Humberto Moreira

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Rechaza Trife juicio promovido por Humberto Moreira

Foto: Vanguardia/Archivo
En el PRI de Coahuila se decidió no emitir ningún comentario respecto a la resolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF)


La Sala Superior del Trife rechazó el juicio ciudadano promovido por el ex gobernador Humberto Moreira Valdés, quien pretendía conocer el estatus en el que se encuentran sus derechos partidistas.

Como se recordará, el pasado 26 de abril, el Consejo de Justicia Partidaria del PRI expulsó por unanimidad al exgobernador de Coahuila por aceptar la candidatura a una diputación por el Partido Joven.

Esta decisión se derivó luego de las denuncias presentadas por César Román Mora Velázquez. 

Ante esto, Moreira Valdés promovió el juicio ciudadano 558, en el que pretendía que su partido le informara sobre su situación respecto a sus derechos partidistas.

El juicio fue en contra de las omisiones atribuidas a los presidentes de la Comisión Nacional de Justicia Partidaria y del Comité Ejecutivo Nacional, ambos del Partido Revolucionario Institucional, de responder a dos peticiones presentadas por el político a fin de conocer el estatus que guardan sus derechos partidistas.

De entrada, los magistrados consideraron que el exmandatario se “saltó” una instancia.

“En primer término, el proyecto considera que procede el salto de instancia, pues de agotarse el juicio partidista del órgano encargado de su resolución sería la Comisión Nacional de Justicia Partidaria del PRI, cuyo presidente es a quien se atribuye la omisión materia de la presente controversia.

 

Por lo que, en términos de imparcialidad, no resulta adecuado que el órgano que preside ese dirigente partidista, determine si él ha incurrido en la omisión reclamada”, sentenció el Tribunal.

Añadió que en cuanto al fondo del asunto, de las constancias que obran en autos, se advierte que no existen las omisiones señaladas porque el 13 de julio del presente año, los titulares de los órganos partidistas responsables respondieron a las peticiones correspondientes.

“Asimismo, se desprende que la notificación de dichas respuestas se ordenó por estrados, ya que el solicitante no señaló domicilio en la ciudad sede de los órganos responsables, de conformidad con el artículo 84 del Código de Justicia Partidaria el PRI. En consecuencia, se propone declarar inexistentes las omisiones reclamadas”, señaló el Trife en su sentencia.

En el PRI de Coahuila se decidió no emitir ningún comentario respecto a la resolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).