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¿Qué sigue para la consulta contra ex presidentes?
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) cuenta con 20 días para resolver si es o no constitucional la solicitud de consulta enviada el martes por el presidente Andrés Manuel López Obrador para que la ciudadanía decida si se enjuicia o no a los expresidentes de México.
Así lo señala el artículo 26 de la Ley Federal de Consulta Popular, la cual prevé los lineamientos de este tipo de ejercicios. Precisa que cuando la petición de consulta popular provenga del Presidente se seguirá el siguiente procedimiento:
“El presidente de la mesa directiva de la Cámara de origen dará cuenta de la misma y la enviará directamente a la Suprema Corte junto con la propuesta de pregunta formulada para que resuelva y le notifique sobre su constitucionalidad en 20 días naturales”.
Detalla que una vez recibida la solicitud, la Corte deberá resolver sobre la constitucionalidad de la materia de la consulta y revisar que la pregunta derive directamente de la materia de la consulta y que esta no sea tendenciosa o contenga juicios de valor, emplee lenguaje neutro, sencillo y comprensible, y produzca una respuesta categórica en sentido positivo o negativo.
La ley señala que la Corte podría realizar las modificaciones conducentes a la pregunta, a fin de garantizar que la misma sea congruente con la materia de la consulta y cumpla con los criterios enunciados.
Además, deberá notificar a la Cámara de origen su resolución dentro de las 24 horas siguientes a que la emita. En el supuesto de que declare la inconstitucionalidad de la materia de la consulta, el presidente de la mesa directiva de la Cámara de origen, publicará la resolución en la Gaceta Parlamentaria, dará cuenta y procederá a su archivo como asunto total y definitivamente concluido.
Si la resolución de la Suprema Corte es en el sentido de reconocer la constitucionalidad de la materia, la pregunta no podrá ser objeto de modificaciones posteriores por el Congreso y el presidente de la mesa directiva de la Cámara de origen publicará la resolución en la Gaceta Parlamentaria y turnará la petición a la Comisión de Gobernación y, en su caso, a las comisiones que correspondan para su análisis y dictamen.
El dictamen de la petición deberá ser aprobado por la mayoría de cada Cámara del Congreso; en caso contrario, se procederá a su archivo como asunto total y concluido.
Además, una vez aprobada la petición por el Congreso, éste expedirá la convocatoria de la consulta mediante decreto, la notificará al instituto para los efectos conducentes y ordenará su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
El martes, el Senado envió a la Corte la solicitud de consulta para enjuiciar a los expresidentes, así como la propuesta de pregunta enviada por el Presidente, la cual es: “¿Está de acuerdo o no con que autoridades competentes, con apego a las leyes y procedimientos aplicables, investiguen y en su caso sancionen la presunta comisión de delitos de los expresidentes, Salinas, Zedillo, Fox, Calderón y Peña antes, durante y después de sus respectivas gestiones?”.