Propone legislador castigar a servidores públicos que incurran en actos de corrupción

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Propone legislador castigar a servidores públicos que incurran en actos de corrupción

Antonio Nerio Maltos. Foto: Josué Rodríguez
“A partir de ahora quienes consideren cometer actos de corrupción deberán pensarlo dos veces, ya que con la reforma a la ley no dispondrán más del beneficio del indulto, al incluirse este delito entre los que se consideran improcedentes para gozar de este privilegio”, aseveró Antonio Nerio Maltos

Piedras Negras, Coah.- Antonio Nerio Maltos, diputado local de Coahuila, presentó ante el pleno del Congreso del Estado un punto de acuerdo con proyecto de decreto, con el que se fortalece el combate frontal a la corrupción de los servidores públicos, con el que a partir de ahora existe sustento jurídico que coadyuvara también a inhibir la impunidad.

El legislador propuso la adición legal del delito de corrupción en los casos de improcedencia enumerados en el artículo 80 Bis de la ley donde el indulto no puede estar justificado ni permitido para quienes en su carácter de servidores públicos cometan actos de corrupción.

“A partir de ahora quienes consideren cometer actos de corrupción deberán pensarlo dos veces, ya que con la reforma a la ley no dispondrán más del beneficio del indulto, al incluirse este delito entre los que se consideran improcedentes para gozar de este privilegio”, aseveró el legislador.

Refirió que la figura del indulto contemplada por nuestra actual legislación, constituye el perdón de la pena impuesta a través de una sentencia sobre determinados delitos, por lo que suele concederse cuando se ha efectuado la reparación del daño o bien se ha purgado una parte de la condena. 

Sin embargo, -dijo-, para que este perdón sea otorgado, el delito no debe encontrarse en ninguno de los supuestos que enumera el artículo 100 del Código Penal, entre los cuales se encuentran entre otros, el homicidio, robo con violencia, terrorismo, desaparición de personas, violación, extorsión.

Asi también en las causas de improcedencia enumeradas en el artículo 80 Bis de la Ley de Ejecución de Sanciones Penales y Reinserción Social para el Estado de Coahuila.

Finalmente dijo que con ello se maraca un precedente en Coahuila para que los funcionarios o servidores públicos que cometan actos de corrupción aun en cargos de elección popular gocen de libertad sin castigo.