Podrían evitar detención de César Duarte a su llegada a México

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Podrían evitar detención de César Duarte a su llegada a México

En caso de que no se haya cumplimentado el mandato de captura, la suspensión tendrá como efecto que el quejoso no sea privado de su libertad, siempre que cumpla con lo ordenado en la suspensión. ESPECIAL
El tribunal federal señaló que los delitos de peculado y asociación delictuosa, previstos y sancionados en los artículos 270 no ameritan la imposición de prisión preventiva oficiosa.

Ciudad de México. - Un tribunal federal otorgó una suspensión definitiva que abre la puerta para que el ex gobernador de Chihuahua, César Duarte, no pueda ser detenido a su llegada a México, siempre y cuando las autoridades de nuestro país no hayan cumplimentado la orden de aprehensión que existe en su contra por los delitos de peculado y asociación delictuosa.

Funcionarios del gobierno federal dijeron que ven lejano que César Duarte pueda impedir su detención cuando pise territorio nacional, porque el mandamiento judicial puede ejecutarse cuando esté a bordo de un avión mexicano.

Por unanimidad, el Octavo Tribunal Colegiado en Materia Penal ratificó el fallo de María Dolores Núñez Solorio, jueza Cuarta de Distrito de Amparo en Materia Penal, quien estableció que sí procede otorgar la medida cautelar, bajo el siguiente escenario:

En el supuesto de que no se hubiere cumplimentado el mandato de captura, para que no sea privado de su libertad personal siempre que cumpla las medidas de aseguramiento siguientes: I. Otorgar una garantía por dos millones de pesos. II. Asistir físicamente ante el juez de control responsable a fin de responder a los cargos que se le atribuyen; y acudir las veces que sea requerido por la misma autoridad”.

El tribunal federal señaló que los delitos de peculado y asociación delictuosa, previstos y sancionados en los artículos 270, párrafo primero, fracción I, así como párrafo segundo, y en el diverso 246, párrafo primero, todos del Código Penal del Estado de Chihuahua, no ameritan la imposición de prisión preventiva oficiosa.

“En ese orden de ideas, de forma correcta, la jueza de amparo estableció dos diversas hipótesis de hecho bajo las cuales concedió la suspensión definitiva solicitada, esto es, en caso de que el quejoso haya sido o no privado de la libertad con motivo del acto reclamado”.

Indicó que la juzgadora de manera acertada puntualizó que en caso de que no se haya cumplimentado el mandato de captura, la suspensión tendrá como efecto que el quejoso no sea privado de su libertad, siempre que cumpla con lo ordenado en la suspensión.

Si la orden de captura se cumplimenta antes de su llegada al país, Duarte tendrá que ser puesto a disposición del juez de control del estado de Chihuahua, pero su libertad personal estará en manos de la juez de amparo en el lugar que sea recluido.