Piden que la Suprema Corte de Justucia revise la ley 'antitaurina' de Coahuila

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Piden que la Suprema Corte de Justucia revise la ley 'antitaurina' de Coahuila

En suspenso. Aún es incierto el futuro de las corridas de toros en el Estado. / ESPECIAL
Los procedimientos de amparo están en diferentes juzgados y tampoco coinciden los criterios iniciales de evaluación

El Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza solicitará a la Suprema Corte de Justicia de la Nación que atraiga el caso de la aplicación de la Ley de Protección y Trato Digno a los Animales en el Estado, luego de que se han concedido dos amparos contra ésta.

Sandra Rodríguez Wong, consejera jurídica del Estado, comentó que se inconformarán por el otorgamiento de estos amparos ante la SCJN debido a que existen ocho procedimientos en los que se han interpuesto amparos y sólo se han otorgado dos.

“Hay inconsistencia en las determinaciones de los jueces porque unos la han concedido y otros la han negado; y todavía no se define sobre la constitucionalidad de la norma”, mencionó Rodríguez Wong.

La consejera jurídica expuso que para que se obtenga un criterio único en este tema es que están solicitando a la Suprema Corte de Justicia de la Nación atraiga esta controversia, ya que en la actualidad los procedimientos de amparo están en juzgados distintos y los criterios de evaluación inicial han sido diferentes.

El pasado 21 de agosto la LX Legislatura aprobó por mayoría de votos la reforma que prohíbe en el Estado de Coahuila las corridas de toros, novillos, becerros o vaquillas, y los rejoneos; el entrenamiento de animales para su utilización en este tipo de espectáculos, así como las tientas.

Con dicha propuesta se evita la tortura, muerte violenta y brutal, por diversión, de los animales; lo cual redunda en tener una mejor sociedad, donde se respeta la democracia y se respetan los derechos humanos, el medio ambiente y a los seres vivos.

El primer amparo fue otorgado a la empresa promotora de espectáculos taurinos Promociones y Espectáculos Zapalinamé S.A de C.V. El segundo amparo lo interponen un grupo de toreros.

En ambos casos, los beneficiados con estos amparos deberán demostrar legalmente que tienen contratos y permisos adquiridos antes de que entrara en vigor la Ley de Protección y Trato Digno a los Animales, para celebrar este tipo de “espectáculos”.

Hay inconsistencia en las determinaciones de los jueces porque unos la han concedido y otros la han negado; y todavía no se define sobre la constitucionalidad de la norma”.
Sandra Rodríguez Wong, consejera jurídica del Estado.