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Partidos incumplen Ley de Transparencia en Internet
CDMX.- Los partidos políticos incumplen con la Ley General de Transparencia, pues deben mantener en sus sitios web información como el directorio, los pagos a sus dirigentes partidistas, el padrón de sus militantes o el inventario de sus bienes inmuebles y sólo esos datos, por citar algunos, se encuentran incompletos, desactualizados y en algunos casos, ausentes.
El nuevo ordenamiento exige a los institutos políticos crear unidades de enlace y nuevos sitios web. En total son 78 nuevas obligaciones de transparencia que contrastan con las 20 que antes debían cumplir.
Y a pesar de que tienen hasta noviembre —por el tiempo “extra” que les otorgó la recién modificada Ley Federal de Transparencia—, los partidos no cumplen con lo que les ordena el nuevo marco normativo, pues la mayoría sólo cumple el artículo 64 del Reglamento del Instituto Nacional Electoral (INE), que exige a los partidos sólo 20 obligaciones de transparencia, cuando deben observar los 78 nuevos ordenamientos que marca la ley.
El nuevo marco legal expone sus obligaciones en los artículos 70 y 76 y en la actualidad, esto no se ve reflejado en sus portales de Internet.
Opacidad
Una revisión realizada por El Universal en las páginas de transparencia de los nueve partidos políticos nacionales, reveló que aún no cumplen con las 78 obligaciones marcadas por la nueva Ley General de Transparencia, que entró en vigor desde mayo de 2015.
En general, la información a la que se tiene acceso en los sitios de los partidos nacionales presenta un rezago. Incluso en la página de un solo partido hay incongruencias entre un punto y otro con respecto a la actualización.
El caso de cada partido es específico, debido a que la mayoría no se apega a las obligaciones de la Ley General para presentar su información pública.
Entre el 29 de febrero y el 4 de mayo de 2016, representantes de los partidos mantuvieron encuentros por separado con la comisionada presidenta del INAI, Ximena Puente, con quien firmaron el Acuerdo Nacional de Transparencia.
El INAI supervisará las tareas de los partidos en relación a la transparencia. Atenderá los recursos de revisión que la ciudadanía solicite, si los partidos no cumplen con sus obligaciones de entregar la información requerida, en respuesta a solicitudes de información.
> El artículo 70 de la Ley General de Transparencia cuenta con 48 distintas obligaciones en la materia que aplican también para otros sujetos obligados que reciben recursos públicos.
> Destaca la publicidad del directorio, salarios, gastos de representación, entre otros.
> El artículo 76 estipula 38 deberes específicos que los partidos políticos deben presentar de manera abierta.
> Éstos son: lista del padrón de afiliados o militantes, acuerdos de los órganos que dirigen los partidos, montos autorizados de financiamiento privado vinculados a los nombres de los aportantes, currículo con fotografía de precandidatos y candidatos a cargos de elección popular.
> Además de informes sobre los montos de financiamiento público, el inventario de bienes inmuebles de los que sean propietarios, así como los convenios de arrendamiento que tengan con particulares.