Pagará Airbnb en Coahuila, el Impuesto Sobre Hospedaje a una tasa del 3%

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Pagará Airbnb en Coahuila, el Impuesto Sobre Hospedaje a una tasa del 3%

Foto: Especial
El Congreso del Estado aprobó ayer por unanimidad un dictamen que surgió a raíz de una propuesta del diputado del PAN, Juan Carlos Guerra, con el objetivo de que las empresas que ofrecen servicios de hospedaje a través de plataformas electrónicas, sean sujetos a gravámenes

Las plataformas tecnológicas que ofrecen la renta de casas y departamentos como hospedaje, como es el caso de la empresa Airbnb, ahora tendrán que pagar en Coahuila el Impuesto Sobre Hospedaje (ISH) a una tasa del 3 por ciento, como lo hacen los hoteles y moteles.

El Congreso del Estado aprobó ayer por unanimidad un dictamen que surgió a raíz de una propuesta del diputado del PAN, Juan Carlos Guerra, con el objetivo de que las empresas que ofrecen servicios de hospedaje a través de plataformas electrónicas, sean sujetos a gravámenes.

“En la actualidad los ciudadanos que sin ser contribuyentes prestan el servicio de hospedaje,   pues como de todos es conocido la tecnología ha venido a  influir en la satisfacciones de  nuestras necesidades.

“Y el ámbito turístico no está exento, pues se han desarrollado diversas plataformas electrónicas,  cuyo objeto es ser intermediarios entre la oferta y la demanda de bienes inmuebles,  haciendo referencia a casa o departamentos”, señaló Guerra cuando presentó la propuesta.

 

Ante el descontento de empresarios hoteleros de Coahuila, el Congreso del Estado determinó que las plataformas tecnológicas que ofrecen el alquiler de casas o departamentos, ahora serán sujetos a pagar el Impuesto Sobre Hospedaje, que actualmente pagan hoteles y moteles, con una tasa del 3 por ciento.

“En los supuestos de hospedaje de departamentos y casas, total o parcialmente, campamentos y paraderos de casas rodantes, previstos en el artículo 58, de esta Ley, cuando la contraprestación por servicios de hospedaje se cubra a través de una persona física o moral en su carácter de intermediaria, promotora o facilitadora, éstas deberán retener y enterar este impuesto”, estipulará ahora la Ley de Hacienda del Estado.

Las plataformas ahora tendrán que solicitar su inscripción en el Registro Estatal de Contribuyentes, tratándose de personas físicas o morales que en su carácter de intermediarias, promotoras o facilitadoras retengan este impuesto.