Nuevo León aprueba castigar con cárcel la llamada “porno-venganza”

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Nuevo León aprueba castigar con cárcel la llamada “porno-venganza”

Foto: Especial
El Congreso de Nuevo León aprobó modificar el artículo 271 bis 5 del Código Penal. Quedando así aprobada la llamada ley Olimpia

Monterrey, NL. El Congreso del estado aprobó la víspera la llamada ley Olimpia, al modificar el artículo 271 bis 5 del Código Penal, en el que se condena con hasta ocho años de prisión a quien distribuya o publique material de contenido erótico, sin la previa autorización de quien aparece en las imágenes o videos.

Con esto, Nuevo León se suma a nueve estados que han aprobado cambios en el Código Penal para evitar la propagación de material.

La propuesta de modificación fue presentada por los legisladores Juan Carlos Ruiz, del PAN y Ramiro González, de Morena.

“Se equipara al delito contra la intimidad personal y se sancionará como tal, el registro o toma de imágenes, audios o videos íntimos de contenido erótico, sexual o pornográfico, de una persona sin su consentimiento. No se actualizará este supuesto cuando el sujeto activo justifique, que el registro fue meramente casual o automático”, señala la reforma.

“(Al igual que) La revelación, difusión o exhibición ante dos o más personas de imágenes, audios o videos íntimos, de contenido erótico, sexual o pornográfico de una persona, sin su consentimiento, la publicación y la comercialización de imágenes, audios o videos íntimos de contenido erótico, sexual o pornográfico de una persona sin su consentimiento”.

Por su parte, el legislador González aseguró que con esta modificación a la ley, se logra proteger a las mujeres de la llamada “porno-venganza”.