Miguel Riquelme no violentó derechos de Verónica Corral, afirma Tribunal Electoral de Coahuila

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Miguel Riquelme no violentó derechos de Verónica Corral, afirma Tribunal Electoral de Coahuila

Foto: Archivo
Se resolvió que el gobernador electo no incurrió en actos de violencia política de género, como acusó el PAN mediante una grabación de audio

Saltillo, Coahuila.- El Tribunal Electoral de Coahuila resolvió que no existen elementos que demuestren que Miguel Ángel Riquelme Solís, realizó actos de violencia política de género en contra de Verónica Corral, por lo que declaró improcedente el Procedimiento Especial Sancionador en su contra.

En sentencia definitiva emitida este viernes 28 de junio, el Tribunal Electoral declaró la inexistencia de los supuestos actos de violencia política de género en contra de las ciudadanas coahuilenses, en relación al Procedimiento Especial Sancionador iniciado en contra de Miguel Ángel Riquelme Solís, candidato a la gubernatura por la Coalición "Por un Coahuila Seguro" y Adelaido Flores Ruíz, Director General de Seguridad Pública Municipal de Torreón.

No se acreditó la conducta por la que se realizó la queja contra Miguel Riquelme y Adelaido Flores, pues las pruebas presentadas por el PAN no fueron suficientes.
El Partido Acción Nacional presentó la queja en contra de Riquelme Solís y Flores Ruiz basados en una grabación de audio, publicada en internet, donde se presume una conversación entre ambos personajes en la que se pide la detención de varios manifestantes y la imposición de cargos en su contra.

"Y de pasada se levanten a diez personas", refiriéndose también presuntamente a Verónica Corral como "la vieja esta".

De acuerdo con la queja, son las expresiones "la vieja esta" y "la que hace los desmadres", hechas por Miguel Ángel Riquelme Solís en el video denominado "Riquelme el delincuente represor", actos de violencia política de género, "misóginas, machistas, denostativas y discriminativas en contra de la ciudadana Verónica Corral" y de otras mujeres.

Sin embargo, de acuerdo a la sentencia, el Tribunal Electoral estimó que el PAN carece de legitimación e interés jurídico para presentar la queja, mediante la cual se instauró el procedimiento administrativo especial sancionador.

Además no se acreditó la conducta por la que se realizó la queja contra Miguel Riquelme y Adelaido Flores, pues las pruebas presentadas por el PAN no fueron suficientes para determinar alguna infracción a la normativa electoral y en específico la violencia política de género.