Los casos líderes de la justicia local

Usted está aquí

Los casos líderes de la justicia local

La justicia local representa la primera puerta que las personas tocan para reclamar la protección de sus derechos. No se trata de una justicia de menor nivel ni tampoco de menor responsabilidad.

En realidad, las cuestiones son las mismas y de la igual relevancia que las de una corte federal o internacional. La única diferencia es de grado: los jueces locales decimos las primeras palabras y los órganos de revisión, la última.

Si las personas encuentran respuestas justas a sus conflictos, las instancias de revisión se convierten en excepcionales. La justicia de última instancia, no obstante, es de gran relevancia porque dicta la última palabra.

Pero antes de ello los jueces terminales pueden hacer una síntesis del diálogo judicial para corregir, confirmar o modificar los criterios interpretativos. El Derecho se construye con el disenso.

Al final la mejor versión de lo que dice una norma implica un ejercicio deliberativo para determinar el significado de la razón de la justicia.

Mi posición judicial disidente, sin embargo, también ha sido para construir consensos en los casos líderes que, a mi juicio, son las sentencias más relevantes durante el 2020.

En primer lugar, la emergencia sanitaria por COVID-19 ha sido el tema que nos ha modificado nuestra realidad. Ha sido una pandemia que no solo tiene impactos en la salud pública, sino que también ha generado una serie de crisis en diferentes ámbitos de la comunidad.

Los jueces en el mundo han tenido que ir resolviendo las cuestiones que se presentan por la pandemia.

Principalmente, las restricciones a los derechos humanos. En México, somos el único tribunal constitucional local que hemos dictado una sentencia para definir el contenido y alcance del derecho a circular en tiempos de COVID-19. Fue una gran discusión pública con diferentes actores sociales. Pero sobre todo fue un asunto que resolvimos con prontitud, celeridad, profesionalismo y diligencia para proteger la salud de nuestra comunidad.

Esta sentencia ha sido discutida por la opinión especializada, local, nacional e internacional. Se reconoce como un precedente de gran relevancia, no solo por su contenido que se ajusta a los más altos estándares de los derechos humanos, sino también porque se construyó de manera pública, con la mayor participación social y bajo el escrutinio de organismos internacionales.

En segundo lugar, me tocó también proponer al Tribunal Pleno un proyecto de sentencia en materia de transparencia.

Fue un caso también relevante porque fijo una serie de criterios que determinan una interpretación extensiva para proteger el derecho a la información pública. De igual forma, el precedente fue importante porque por primera vez en la historia del tribunal se hizo público un proyecto de sentencia.

Este fallo fue reconocido por el INAI, máximo órgano de la transparencia en el país. En él se dejó como precedente una buena práctica de transparencia judicial que reconoce el carácter anónimo del ejercicio del derecho a la información y el control judicial de las resoluciones de los órganos garantes de la transparencia.

En tercer lugar, el Pleno del Tribunal resolvió un asunto relevante del derecho al agua de las personas migrantes.

Es una controversia que tiene su origen en una controversia local por la falta de pago de las tarifas del servicio municipal.

De igual manera, el asunto generó la más amplia participación de amicus curiae y por primera vez en la historia constitucional local se determinó, por mayoría absoluta, que el Congreso del Estado es responsable de una omisión legislativa por no regular tratos igualitarios, no discriminatorios y solidarios a favor de las personas migrantes, desplazadas y sus defensores.

Esta sentencia ha sido saludada por las oficinas en México, tanto del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos como por el Alto Comisionado para los Refugiados, por incluir los más altos estándares de protección a las personas en condiciones de movilidad vulnerable.

Finalmente, el Tribunal resolvió la primera acción de inconstitucionalidad en materia electoral para declarar inválida una reforma del Congreso del Estado que omitió regular, en condiciones de igualdad, el derecho de las personas a separarse del cargo municipal cuando pretenden una reelección.

CONSENSOS JUDICIALES

En estos casos líderes he tenido consensos con la mayoría de mis colegas. Han sido sentencias que representan una nueva etapa judicial para tomarse en serio la defensa de la constitución local: la de proteger los derechos.