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Lo que debes saber sobre el testamento
Primeramente, según establece la Secretaría de Gobernación, se deben conocer las bases sobre el testamento y lo principal es existen cuatro tipos de éste: público abierto, público cerrado, público simplificado y ológrafo.
El primero es que se realiza ante un Notario Público el cual ayuda a la persona o testador a realizar la redacción del documento, además de que lleva su nombre ya que el testador desea que que este se haga público.
Caso contrario, el testamento público cerrado es el testamento que deberá a su vez ser firmado por el testador, los testigos y el Notario Público, quien, además, pondrá su sello, además, este se entrega al testador y él lo guardará bajo su protección.
Público Simplificado es aquél en el cual en la misma escritura de adquisición de un inmueble destinado o que vaya a destinarse para vivienda, se establece a los herederos. Esta disposición se realiza ante Notario Público.
El ológrafo es aquel escrito de puño y letra del testador. Los testamentos ológrafos no producirán efecto si no están depositados ante la autoridad competente que disponga la legislación de la materia.
Mes del testamento
Ahora bien, en el mes del testamento (septiembre) los interesados podrán obtener asesorías, horarios de atención ampliados en notarías y descuentos en el pago procesal.
En este mes, lo que se intenta es hacer que la ciudadanía tome conciencia sobre la importancia de realizar un documento que avale y proteja los intereses del testador, así como su última voluntad en materia de herencia material y financiera hacía sus seres queridos.
Dicho programa de descuentos, así como la campaña, finalizarán el 30 de septiembre, como todos los años.
Costos
En cuanto a costos del testamento, con base en la información de la Dirección de Registro Nacional de Testamentos, éste tiene un descuento del 50 por ciento durante el mes de septiembre y los precios oscilan entre los 500 pesos hasta los dos mil pesos, dependiendo de la entidad en que se realice.
Requisitos
Para realizar un testamento se deben cumplir ciertos requisitos, los cuales se pueden consultar también en la Unidad General de Asuntos Jurídicos de la Segob.
Los requisitos son:
Nombre completo del testador
Datos generales: lugar y fecha de nacimiento, nacionalidad, ocupación, domicilio, estado civil, INE y CURP.
Nombre completo de familiares: padres, esposa e hijos.
Problemas de discapacidad (si es que los hubiese) como pueden ser: ver oir, hablar o firmar a su nombre.
Herederos: el testador deberá definir a las personas que desea nombrar como sus herederos.
Legatarios: en caso de querer legar algún bien específico a una persona, deberá especificar de qué bien se trata.
Albaceas: el testador puede nombrar uno o más albaceas para dar cumplimiento a lo dispuesto en el testamento. Únicamente se requiere designarlo por su nombre.
Tutores y curadores: los padres que tengan la patria potestad sobre sus hijos menores de edad, pueden nombrar en su testamento a uno o más tutores para que a su muerte cuiden de sus hijos y sus bienes.