Libertad de circulación vs. salud pública: derechos y restricciones absolutas

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Libertad de circulación vs. salud pública: derechos y restricciones absolutas

De acuerdo con cifras de la Organización Mundial de la Salud (OMS), al 15 de mayo de 2020, 4 millones 347 mil 935 personas en todo el mundo se han contagiado del virus SARS-COV-2, de los cuales 297 mil 241 han fallecido. Estas cifras, sin duda, nos preocupan a todos y todas, por lo que debemos reflexionar sobre las medidas para reducirlas.

En el mundo podemos identificar tres grandes olas de contagio, cada una con consecuencias más graves que la anterior. La primera fue en Asia, específicamente en China, donde el virus surgió. La segunda gran ola se desarrolló –con graves e inesperadas consecuencias– en Europa. Mientras que, en la actualidad, América es el epicentro de la pandemia. No obstante, aunque con un número menor, también África y Oceanía cuentan con contagios registrados.

Es evidente que la pandemia causada por el coronavirus supone problemas y desafíos extraordinarios para todos los países. Por lo tanto, ha sido necesario que los gobiernos adopten e implementen estrategias y medidas para enfrentar la situación, buscando no solamente evitar la propagación y el acelerado contagio de la población, sino también atender adecuadamente y procurar la recuperación de las personas ya contagiadas.

En China, por ejemplo, de manera generalizada se restringió la movilidad de los habitantes e incluso se limitaron algunos otros derechos como la libertad de expresión. En Italia, el primer país europeo en donde aumentaron velozmente los contagios, su gobierno –debido a la falta de información sobre las características del virus, así como las afectaciones que provoca en la salud– tardó en tomar las medidas adecuadas para contener los contagios. La respuesta tardía obligó a que pronto se impusieran drásticas medidas que incluyeron el aislamiento total de la población y la participación del ejército en las labores de patrullaje y seguridad pública.

En Oceanía también se tomaron medidas severas. Gracias a ello, por ejemplo, en Australia y Nueva Zelanda se considera que han vencido al virus, pues ya no cuentan con transmisión comunitaria. En América igualmente se ha restringido, en la mayoría de los países, la movilidad de sus ciudadanos, aunque en casos como el de Estados Unidos, dentro de poco, las limitaciones muy seguramente cesarán.

Podemos concluir que, de manera general, todos los países del mundo están enfrentando de forma similar la pandemia, principalmente a través del aislamiento y el distanciamiento social. Sin embargo, hasta el momento existe poca información y sobre todo poca evidencia del éxito de gran parte de las medidas hasta ahora adoptadas.

Por ello, es necesario tomar en cuenta las buenas prácticas internacionales, nacionales y locales, para poder identificar las mejores opciones y buscar ponerlas en práctica en caso de que hayan funcionado. Es decir, la experiencia comparada es básica para superar los estragos del coronavirus, no solamente a la salud, sino también en otros rubros, como la educación, el trabajo, el acceso a la justicia y, por supuesto, la economía.

Más allá de la forma en que las medidas son adoptadas (que por supuesto es relevante) lo verdaderamente importante es que las autoridades tomen –y que la ciudadanía respete y acate– las medidas que, en otros lugares con características similares, han funcionado.

El tema fundamental y la preocupación real deben ser la salud pública y la vida de las personas, que sin duda subordina ciertas libertades, como por ejemplo la circulación o movilidad. Lo anterior deja en evidencia que los derechos no son absolutos, pues en algunos casos, ciertos derechos pueden ser limitados buscando proteger un bien o interés general, concretamente la salud pública y la vida de las personas.

Sin embargo, las restricciones a los derechos tampoco pueden ni deben ser absolutas. Deben ser públicas, momentáneas, proporcionales y no discriminatorias, lo cual se deberá evaluar en cada caso concreto y en forma permanente.

Por ahora nos toca respetar, en la medida de nuestras posibilidades, las indicaciones oficiales, pues así nos cuidamos todos y todas.

El autor es investigador del Centro de Educación para los Derechos Humanos de la Academia IDH

Este texto es parte del proyecto de Derechos Humanos de VANGUARDIA y la Academia IDH

Derechos Humanos S. XXI