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Ley de Víctimas no apoya a huérfanos y viudas, se quedan sin indemnización
Por Nayeli Roldán (@nayaroldan) para Animal Político
Huérfanos, viudas y familiares de personas asesinadas o quienes han sufrido alguna violación a sus derechos humanos no han tenido acceso a los recursos a los que tienen derecho del Fondo de Apoyo a Víctimas, que sumó mil 450 millones de pesos hasta 2015, debido a trabas burocráticas en la Ley General de Víctimas.
La Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) detectó que, en la práctica, la Ley tiene “candados” que limitan la reparación del daño a través del reparto de los recursos del “Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral federal”. Por eso, los comisionados pidieron a la Cámara de Diputados reformar la legislación para hacerla “más flexible”.
Desde la creación de la CEAV, sólo 120 personas han recibido alguna compensación económica, pese a que en nuestro país se registraron 15 mil asesinatos dolosos sólo en 2015 y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos recibió más de 45 mil quejas en 2014 por posibles violaciones a derechos.
A través de un plan con ocho puntos de reforma, los comisionados de la CEAV pretenden “quitarle burocracia a la Ley de Víctimas, sobre todo en el acceso al fondo, que tiene muchísimos candados”, advierte el comisionado Julio Hernández en entrevista con Animal Político.
Uno de los aspectos negativos de la ley es que la CEAV se hace cargo de los gastos de las víctimas de forma “devengada”, es decir, las familias primero pagan –por ejemplo– los servicios funerarios, médicos y luego les reembolsan los montos, lo cual es “absurdo”, dada la situación de vulnerabilidad y problemas económicos por los que pasa una persona que sufre un duelo, asegura el comisionado.
De acuerdo con la Ley General de Víctimas, el Legislativo tiene la obligación de etiquetar un monto anual equivalente a 0.014% del Gasto Programable del Presupuesto de Egresos de la Federación. Esto asciende a cerca de 500 millones de pesos cada año.
La intención de la Comisión es que los fondos disponibles hasta el momento (450 millones de pesos acumulados en tres años) puedan ser distribuidos durante 2016, entre todas las víctimas de delitos del fuero federal que lo soliciten. Esto porque la ley establece que la CEAV sólo tiene facultad para reparar el daño causado por funcionarios federales y no locales.
La compensación económica es uno de los aspectos de la “reparación integral del daño”, pero en esta también se incluye restitución, rehabilitación, compensación, satisfacción y garantías de no repetición.
En la práctica; sin embargo, “existen disposiciones en la ley que complican aspectos fundamentales de la operación de la CEAV y sus áreas sustantivas, involucradas directamente en las medidas a las que las personas en situación de víctima tienen derecho: medidas de ayuda inmediata, de asistencia y de reparación integral”, advierten los comisionados en el documento con sus propuestas entregado a la Cámara de Diputados y la Secretaría de Gobernación.
Estas son los ocho puntos de reforma a la Ley General de Víctimas propuesta por la CEAV:
Facultar a la CEAV para atraer y atender integralmente casos que sean competencia originaria de las entidades federativas.
La ley establece que las víctimas de delitos cometidos por funcionarios locales pueden acudir a la CEAV cuando las comisiones de atención estatales y del Distrito Federal hayan ignorado su queja durante 30 días o haya recibido una atención deficiente o se las hubieran negado.
La propuesta de reforma busca implementar la “facultad de atracción” de casos ocurridos en los estados y establecer que éstas víctimas también puedan acceder al Fondo de Ayuda.
Facultar a la CEAV para registrar a víctimas del orden común en el Registro Nacional de Víctimas, de aquéllas entidades federativas.
Las entidades presentan un rezago considerable en la armonización de la Ley General de Víctimas y hasta el momento no han puesto en operación los respectivos registros estatales de víctimas. Por ello, la CEAV pide facultades para registrar a víctimas del orden común cuando sus casos no hayan sido sistematizados en sus lugares de origen.
Prever explícitamente que las comisiones estatales constituyan sus propios fondos de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral.
Aunque la redacción actual de la Ley de Víctimas establece con claridad que las entidades federativas deberán constituir sus respectivas comisiones estatales de atención a víctimas, “no prevé con la misma claridad la obligación la constitución y operación de sus fondos de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral”. Por lo que debería establecerse como una obligación, advierte la propuesta.
Facilitar el otorgamiento de apoyos para traslados, alimentación y hospedaje que requieran las víctimas en los fondos de emergencia.
La ley sólo prevé la posibilidad de otorgar estos apoyos bajo condiciones muy específicas y restrictivas. Los gastos que hubieran hecho las víctimas sólo podría reembolsarse como parte del proceso de reparación integral “que llega en una etapa muy tardía -o final- del proceso de atención, lo que coloca a las víctimas en una posición que hace nugatorio el ejercicio de múltiples derechos y provoca escenarios de revictimización”.
Los comisionados proponen definir un modelo para entregar de manera anticipada los recursos que las víctimas requieran para cubrir los traslados, alimentación y hospedaje.
Considerar todos los conceptos de la reparación integral con cargo al Fondo (restitución, rehabilitación, satisfacción, no repetición y medidas colectivas), y no sólo la compensación económica, y eliminar la subsidiariedad.
La ley establece como “reparación integral” –con cargo al Fondo– sólo las medidas de compensación económica, aunque existen medidas de reparación como la restitución, la rehabilitación, la satisfacción, la de no repetición y las colectivas, que también pueden ser evaluables económicamente como consecuencia de la comisión del delito o de la violación a derechos humanos. Por tanto, los comisionados proponen incluir todos los gastos que incluyan todas las medidas de reparación y no sólo la compensación económica.
Prever esquema flexible de comprobación del gasto de los pagos con cargo al Fondo y que éste pueda llevar a cabo adquisiciones y servicios.
El reembolso de gasto sólo incluye el transporte, alojamiento, comunicación o alimentación como parte del juicio del caso. Sin embargo, argumentan los comisionados, es “indispensable” incorporar un esquema flexible de comprobación del gasto que aplique para todos los pagos con cargo al Fondo.
Además, para agilizar la provisión de materiales que permitan la provisión de servicios de emergencia médica, se incorpora la adquisición de bienes y contratación de servicios.
Establecer criterios para reparar en aquellos casos en que no se logre identificar al responsable del delito.
La legislación secundaria es “insuficiente” para lograr la reparación del daño de aquéllas personas que por dificultad de las circunstancias del caso o a una deficiente investigación por parte del Estado, no se logra identificar a un probable responsable y, por tanto, no se consigna la averiguación previa, requisito indispensable para acceder al Fondo de Ayuda. Por ello, la propuesta es facultar a la CEAV para determinar el monto correspondiente a la compensación en estos casos.
Establecer un presupuesto transversal con el propósito de etiquetar recursos específicos para la atención de personas en situación de víctima.