La reforma 'anti-huachicol'

Usted está aquí

La reforma 'anti-huachicol'

Foto: Especial
La reforma busca fortalecer y homogeneizar los mecanismos de supervisión y control del volumen producido y comercializado a través de la cadena de suministro en la industria

MÉXICO, DF.- Después de casi cinco años del inicio de la reforma energética, el marco regulatorio en materia de hidrocarburos ha tenido una importante evolución con miras a permitir el crecimiento y la consolidación de la industria, a través de la expedición de leyes y otros instrumentos legales que complementan el mandato constitucional.

Por otro lado, desafortunadamente la industria ha sido aquejada por prácticas ilícitas de extracción, comercialización y consumo de gasolinas, que han llevado a pérdidas millonarias y daños a personas y bienes del Estado.

Bajo estas circunstancias y la evolución del marco regulatorio, el pasado 1 de junio se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el cual se modifican diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación, de la Ley Aduanera, del Código Penal Federal y de la Ley Federal para prevenir y sancionar los delitos cometidos en materia de Hidrocarburos.

Dicho decreto ha sido calificado como la reforma "anti-huachicol" pues busca fortalecer y homogeneizar los mecanismos de supervisión y control del volumen producido y comercializado a través de la cadena de suministro en la industria; además de reforzar los supuestos para considerar una conducta como ilícita y sus respectivas sanciones, no tan solo desde la perspectiva fiscal sino penal.

Entre otros aspectos, la reforma al código contempla nuevas obligaciones para los contribuyentes que participan prácticamente en toda la cadena de valor, pues incluye a quienes fabrican, producen, procesan, transportan, almacenan, distribuyen y enajenan cualquier tipo de hidrocarburo o petrolífero, entre las que destacan:

1. Contar con equipos y programas informáticos para llevar controles volumétricos, adquiridos de proveedores autorizados.

2. Dictaminarse por un laboratorio de prueba o ensayo, determinando el tipo de producto de que se trate, y el octanaje en el caso de gasolinas.

3. Asegurarse de que dichos equipos y programas informáticos operen correctamente en todo momento.

Si bien la obligación de contar con equipos y programas ya estaba previsto para estaciones de servicio, ahora los miembros de toda la cadena de valor estarán obligados a hacerlo y bajo las nuevas condiciones establecidas.

Una cuestión relevante es que tales equipos y programas informáticos, así como los dictámenes de laboratorio, deberán obtenerse de personas autorizadas por el Servicio de Administración Tributaria, cumpliendo con las características técnicas contenidas en las Normas Oficiales Mexicanas expedidas por la Comisión Reguladora de Energía.

El decreto también contempla el fortalecimiento de las facultades de comprobación de las autoridades fiscales estableciendo el mecanismo de visitas domiciliarias para la revisión de la operación de los equipos y sistemas informáticos, de los registros electrónicos y de los controles volumétricos. 

Las autoridades podrán auxiliarse de terceros autorizados para la ejecución de las visitas, sobre todo por lo que se refiere a la toma de muestras de este tipo de productos de difícil identificación.

Respecto de las infracciones y las agravantes relacionadas con el incumplimiento a las nuevas obligaciones relacionadas con los controles volumétricos, se establece como multa máxima la cantidad de 61 mil 500 pesos, y 3 millones de pesos la multa máxima económica en caso de agravante, además de la clausura del establecimiento hasta por 15 días en caso de reincidencia. Asimismo, se contempla una sanción de carácter corporal de entre tres y ocho años de prisión, en caso de estar ante una conducta delictiva en materia de controles volumétricos.

El decreto en cuestión entró en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, aunque estas disposiciones están sujetas a que se publiquen las reglas específicas en materia de personas autorizadas, dictámenes, y procedimientos concretos. En este rubro, la Comisión Fiscal de Hidrocarburos del Instituto Mexicanos de Contadores Públicos A.C. (IMCP) analizará la complejidad, el alcance y las disposiciones contenidas en dichas reglas, así como la postura de las autoridades en esta materia.

Ante el panorama actual recomendamos que las empresas se mantengan alertas y actualizadas, a fin de cumplir oportunamente con nuevas obligaciones que vayan surgiendo por el propio dinamismo que implica la reforma energética, como en este caso que además de complejidad e inversión pueden prever sanciones relevantes.