La justicia especializada contra violencia familiar

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La justicia especializada contra violencia familiar

El pasado 2 de diciembre, el Tribunal Pleno de Coahuila aprobó presentar, a través de su presidencia, una iniciativa de reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial para crear una jurisdicción especializada contra la violencia familiar.

Esta es una propuesta que durante todo este año se ha venido construyendo por una comisión de magistrados y magistradas que integró el Presidente del Tribunal para atender un problema estructural: un modelo de justicia efectivo para las mujeres en el contexto de la violencia familiar.

En dicha sesión presenté algunas observaciones particulares que tienen por objeto un modelo integral para garantizar el derecho a una vida libre sin violencia por razón de género. Me parece que se debe reflexionar una serie de problemáticas que deben considerarse no sólo por el Congreso sino también por el Consejo de la Judicatura, como órganos competentes para no sólo aprobar el diseño legal sino su posterior implementación.

En primer lugar, el marco referencial de la iniciativa es la justificación constitucional para adoptar, sin trato desigual o discriminatorio arbitrario, este tipo de medidas apropiadas en beneficio de los derechos de las mujeres. Por razones contextuales de la discriminación de la violencia familiar, es razonable crear esta jurisdicción prioritaria para las mujeres.

En segundo lugar, la justicia especializada contra la violencia familiar debe permitir, a mi juicio, la prueba de vulnerabilidad de minorías, sin importar el sexo en casos excepcionales. ¿Se excluiría el acceso a esta jurisdicción por razón del sexo, sin importar la alta vulnerabilidad? Pensemos en una pareja homosexual.

En tercer lugar, los jueces a designar deben acreditar un conocimiento especializado en las materias penal, familiar, civil y mercantil, por lo cual resulta necesario establecer una garantía legal del perfil a cumplir. Su designación tendría que ser el resultado de un verdadero examen de oposición debido a la complejidad de las materias unificadas a resolver.

En cuarto lugar, se debe reflexionar sobre la ampliación de la justicia civil y mercantil. La violencia económica y patrimonial, por ejemplo, es parte de la violencia doméstica contra las mujeres. En tal sentido, las facultades de los jueces especializados en violencia familiar y penal que se proponen deben ser flexibles y poder ampliarse a las materias civil y mercantil para conocer todo tipo de conflictos sobre bienes, patrimonio o cuestiones económicas y mercantiles que se presentan en el núcleo familiar.

En quinto lugar, la idea de un programa piloto seleccionando un distrito judicial en atención a las estadísticas judiciales, de tal manera que el Consejo de la Judicatura, previo diagnóstico respectivo, determine la instalación gradual de estos juzgados para evaluar su adecuado funcionamiento con las garantías presupuestales respectivas.

En sexto lugar, la creación de jueces especializados también debe prever la creación de asesores jurídicos, defensores y mediadores públicos, integrales y especializados que puedan prestar la atención antes, durante y después del juicio para que las víctimas tengan una defensa adecuada de sus derechos.

En séptimo lugar, se debe discutir si este modelo debe ser más amplio: tener plena facultad de dictar las medidas cautelares y procedimientos legales definitivos, sin limitarse sólo a una tutela preliminar porque puede llegar a ser una jurisdicción incompleta. Las personas que pretendan este tipo de jurisdicción no sólo buscan medidas iniciales en materia de alimentos, custodia o medidas de protección en materia penal, requieren de un juez o tribunal que de manera completa resuelva la situación de violencia familiar que le afecta en diferentes derechos civiles, penales, familiares y mercantiles.

PARLAMENTO ABIERTO

Por escrito dejé más observaciones como parte de la función prelegislativa que tiene el Pleno. La violencia familiar es un problema estructural de la violencia de género. Le corresponde al Congreso del Estado si abre o no la discusión para que la academia, los colectivos feministas, organismos protectores de derechos humanos y, en general, la sociedad civil puedan participar en la deliberación de esta propuesta legislativa.