La familia: concepto que debe evolucionar

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La familia: concepto que debe evolucionar

El Congreso del Estado aprobó ayer una nueva legislación local para regular, de forma específica, todos los asuntos relacionados con la familia. Hasta ahora, el denominado “Derecho Familiar” había formado parte del amplio apartado de la legislación civil y no se consideraba necesario dedicarle un espacio exclusivo en la normatividad vigente.

Y pudo seguir siendo así, pues nada obliga a que una norma como el Código Civil sea todo lo extenso que se requiera y contenga; en consecuencia, tantos libros como áreas de la vida social se considere necesario regular de manera específica.

Sin embargo, las transformaciones culturales que nuestra sociedad ha experimentado en los últimos años, sin duda obligaban a la adopción de una nueva perspectiva y a considerar la necesidad de conceder al “Derecho Familiar” su propio estante en la biblioteca jurídica.

Se trata, sin duda, de una buena decisión, pues de lo que estamos hablando es de mejorar la regulación de la unidad que todo mundo reconoce como el cimiento de la sociedad: la familia.

Lo es también porque el concepto de familia ha sufrido un acelerado proceso de evolución, a partir de la adopción de criterios que han transformado radicalmente; por ejemplo, la configuración del matrimonio, y que han colocado en el centro de las preocupaciones colectivas los derechos individuales, por encima de los prejuicios colectivos.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha jugado un papel relevante en este proceso, pues ha emitido un importante número de sentencias a través de las cuales ha zanjado añejas discusiones relativas a los derechos de minorías que, por siglos, debieron tolerar la imposición de dogmas a través de los cuales se les impedía el ejercicio pleno de sus derechos.

A partir de tales decisiones, el matrimonio ya no puede concebirse sólo como la unión de un hombre y una mujer, ni considerarse su propósito exclusivo el de la preservación de la especie. Tampoco pueden negarse las obligaciones que nacen de la convivencia y de las relaciones mutuas consentidas, así se trate de conductas reprobables desde lo moral.

Y es que en esta nueva visión de la obligaciones jurídicas lo que se ha colocado en el centro de la discusión son los derechos humanos como característica esencial de los individuos que conforman la sociedad. El ejercicio pleno de tales derechos y no el sometimiento de las personas a una determinada cosmovisión implica toda la diferencia entre la posibilidad de pensar al derecho familiar sólo como un apartado del civil, o reconocerle su jerarquía como una rama que requiere de un desarrollo independiente.

En este contexto ha nacido en Coahuila la Ley para la Familia. Habrá que celebrar su arribo a nuestro orden jurídico y, de aquí en adelante, velar porque se convierta en una verdadera contribución al progreso colectivo.