Juzgar la femidesaparición: tomar en serio los derechos de las víctimas

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Juzgar la femidesaparición: tomar en serio los derechos de las víctimas

En 2013, Kendy se encontraba con su familia en su casa. Fue privada de su libertad por particulares. De manera arbitraria un grupo de delincuencia organizada que buscaba a su pareja entró por la fuerza a su domicilio y cometieron, en presencia de su menor hijo, su padre y madre, el delito de desaparición de personas. Hasta ahora no se ha localizado ni se sabe de su paradero.

Durante esta semana, en sesión pública, la Sala Colegiada Penal confirmó la condena en contra de un perpetrador. Se le impuso una pena de 43 años y nueve meses de prisión. Discrepé de mis colegas porque, a mi juicio, no sólo debimos imponer una pena mayor por la gravedad del delito, sino que también debimos garantizar, en forma rigurosa, los derechos de la persona desaparecida y sus familiares. En audiencia pública (véase 28:30: bitly.com/33XFtnP) expliqué mi voto particular.

En primer lugar, sostuve que el contexto actual de la violencia feminicida contra las mujeres exige una mayor apertura judicial para deliberar en forma pública los casos de femidesaparición (desaparecer a una mujer por su condición vulnerable de género y someterla en su ocultamiento a situaciones de tortura sexual o trabajo forzado). Propuse a mis colegas que el proyecto de sentencia fuera público para que la ciudadanía interesada pudiera participar en la mejor solución justa del caso, con la protección sensible de la víctima.

En mi función judicial he sostenido de manera reiterada que los jueces hoy en día debemos escuchar no sólo a las partes; también debemos escuchar con gran sensibilidad a las víctimas y a la ciudadanía interesada en participar en temas de justicia. Como jueces debemos abrir el juicio público para que antes de tomar una decisión escuchemos la opinión social.

Los casos de Kendy, de Alondra o de Claudia nunca más deben pasar. Los jueces debemos escuchar a la ciudadanía para impartir una mejor justicia con todos los puntos de vista que debemos tomar en cuenta para orientar nuestros criterios judiciales con el escrutinio público.

La participación social era importante. La defensa de las víctimas exige escuchar sus reclamos. Las personas que resienten el daño de un delito de lesa humanidad no sólo esperan castigar en forma justa al responsable, sino también proteger sus derechos.

En el caso, por tanto, propuse ante todo que tomáramos en cuenta el derecho de la víctima a ser buscada de manera eficaz. Los Principios de la ONU sobre Búsqueda de Personas establecen una serie de criterios que debemos aplicar para obligar a las autoridades competentes a garantizar su localización. En el caso no se ha realizado, con debida diligencia, las acciones de búsqueda en vida y forense, aunque hay datos que se deben descartar o confirmar para llevar a cabo la localización de la persona desaparecida.

De igual forma, no estuve de acuerdo en la violación grave que, a mi juicio, se hizo en el proceso penal porque a los familiares de la víctima no se les garantizó un asesor jurídico para defender sus derechos. No estuve de acuerdo con el criterio de mis colegas de suplir la falta de defensa sólo a favor del imputado. Por igualdad procesal, los jueces debemos suplir siempre los derechos de las víctimas cuando se violen sus derechos.

El Tribunal, a mi juicio, debió garantizar el derecho a la reparación del daño de manera integral. No sólo se trata de condenar al responsable del delito al daño material, moral y lucro cesante que la ley cuantifica de manera clara, sino que es necesario, también, garantizar un plan de vida para las víctimas indirectas, principalmente a su hijo menor. El Estado está obligado a ofrecer, conforme a sus programas de víctimas, una atención adecuada para proteger los derechos del menor.

Debimos, además, garantizar en la sentencia los derechos a la verdad, a la no repetición y a la memoria. No es suficiente una pena. Es necesario explicar, con claridad, el trato digno que merece la dignidad de la persona desaparecida para saber qué fue lo que paso.

JUSTICIA PARA VÍCTIMAS

Desde 1993 propuse al Congreso de la Unión algunas ideas para reconocer, por primera vez, los derechos fundamentales de la víctima a nivel constitucional. Hoy como juez me toca defenderlos. Disiento de la mayoría porque la justicia penal, principalmente, debe velar por la víctima.

@LERiosVega