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Jubilados pueden trabajar en dependencias y tener pensión
Como parte de la reforma a la Ley de Pensiones de los Trabajadores de la Educación, se modificó el artículo 62 y ahora los jubilados y pensionados pueden tener un cargo o comisión en dependencias relacionadas con el ramo, y recibir al mismo tiempo su pensión.
VANGUARDIA publicó el pasado noviembre que Fuerza Magisterial de Coahuila denunció que funcionarios de la Secretaría de Educación, como Julián Montoya y Jesús de la Garza, reciben a la par de su sueldo una pensión por la Dirección de Pensiones de los Trabajadores de la Educación (Dipetre), ya que la ley lo prohibía.
Previo a la modificación, el artículo 62 señalaba que las pensiones eran incompatibles con el desempeño de cualquier cargo, comisión o empleo remunerado, y que de darse el caso, éstas se suspenderían, restituyéndolas hasta que desapareciera dicha incompatibilidad.
Ahora con la reforma, las pensiones sólo serán incompatibles si el cargo o puesto que desempeña es en la misma entidad que concedió la pensión.
“En este supuesto es obligación exclusiva de dicha entidad informar a la Dirección de Pensiones sobre la configuración de la incompatibilidad”, señala el artículo 62.
Y añade que “no existirá incompatibilidad por el desempeño de cualquier cargo, comisión o empleo remunerado, sujetos a una seguridad social distinta a la de esta Dirección de Pensiones”.