Invalidan norma que integró diputados a consejo indígena de SLP

Usted está aquí

Invalidan norma que integró diputados a consejo indígena de SLP

Foto: Internet
Los ministros consideraron que la norma y la inclusión de los diputados afectó directamente a los pueblos indígenas

Ciudad de México. El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la norma que permitió la integración de diputados locales al Consejo Consultivo del Instituto de Desarrollo Humano y Social de los Pueblos y Comunidades Indígenas de San Luis Potosí, sin consultar previamente a las comunidades y pueblos indígenas de la entidad, tal y como lo establece la carta magna y el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Con el voto en contra de los ministros Eduardo Medina Mora y Javier Laynez Potisek, los ministros consideraron que la norma y la inclusión de los diputados afectó directamente a los pueblos indígenas, “al ser dicho Consejo el órgano representativo de las comunidades, mediante el cual ejercen su derecho a participar en el diseño de políticas públicas que se adoptarán en el congreso local”.

Al resolver la acción de inconstitucionalidad 31/2014, promovida por la Comisión Estatal de Derechos Humanos del Estado de San Luis Potosí, la Corte declaró la inconstitucionalidad del artículo 27, párrafo quinto de la Ley del Instituto de Desarrollo Humano y Social de los Pueblos y Comunidades Indígenas.

Con la ausencia de Margarita Luna Ramos, la mayoría rechazó la argumentación del Congreso local, el cual sostuvo que no estaba obligado a llevar a cabo ninguna consulta, porque la propia legislación establece como excepción a la obligación de consulta previa (como lo establece la carta magna) en los casos en que se adecuan disposiciones normativas ya previstas.

El ministro instructor, Fernando Franco precisó que el objetivo de la creación del Consejo fue que estuvieran representadas las comunidades indígenas, sin la posibilidad de incorporar a funcionarios o legisladores.

Consecuentemente, “me parece que para haber introducido la reforma, tenía que haberse hecho la consulta, dado que ellos (las comunidades) tenían un Consejo, en donde estaban representados directamente a través de elecciones en sus propias comunidades, por lo que hay una afectación directa a las comunidades”, dijo Franco, cuya propuesta fue apoyada por el ministro presidente Luis María Aguilar Morales, Alberto Gelacio Pérez Dayán, Norma Piña Hernández, José Ramón Cossío, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Arturo Zaldívar y Eduardo Medina Mora.

Laynez por su parte dijo que el Convenio 169 prevé a la obligación a los Estados de consultar a las comunidades indígenas, en las acciones legislativas y administrativas. Pero el que la reforma sume a los integrantes de la Comisión de Asuntos Indígenas del congreso estatal, “no me parece que afecte a la comunidad en su conjunto”.

“Muy distinto hubiera sido que tocando el primer párrafo del 27 constitucional, la legislatura modificara la manera de elección de las personas propuestas por las comunidades indígenas, entonces sí, me parece que habría una afectación directa”.