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Impugnar...

Uno de los elementos relevantes del sistema electoral mexicano es la existencia de un amplio catálogo de medios de impugnación y de garantías para controvertir las decisiones de las autoridades administrativas. En otras palabras, la posibilidad de judicializar cualquiera decisión.

Conviene precisar lo anterior, porque con insana frecuencia suelen escucharse advertencias –de parte de actores políticos, de analistas y opinadores profesionales– sobre el “riesgo” de judicializar los comicios si no se hace tal o cual, o si no deja de hacerse tal o cual. La formulación de tales señalamientos deja flotando en el ambiente una idea equivocada: si las cosas se hacen de cierta forma, los procesos electorales no se judicializan.

Nada más alejado de la realidad: sin importar la forma en la cual las autoridades administrativas resuelvan sobre cualquier tema, su decisión puede controvertirse por parte de quien se sienta agraviado por la misma y esté legitimado para controvertirla.

Nadie debe sorprenderse entonces por la decisión de la “Coalición Alianza Ciudadana por Coahuila”, y de su candidato Guillermo Anaya, de recurrir a los tribunales para combatir la decisión de los comités municipales y distritales de la entidad mediante la cual se determinó el número de votos obtenidos por cada candidato y coalición en sus respectivas demarcaciones.

Tampoco debe considerarse un hecho inusual el recurso enderezado en contra del acuerdo del Consejo General del IEC mediante el cual se declaró la validez de la elección realizada el pasado 4 de junio y, en consecuencia, se expidió la constancia de mayoría, como Gobernador electo, al abanderado de la “Coalición por un Coahuila Seguro”, Miguel Riquelme.

De hecho, en nuestro País lo anormal, lo raro, lo extraordinario es justamente lo contrario, es decir, la aceptación de los resultados por parte de los derrotados. Como ocurre en otras áreas de la vida colectiva, en lo electoral la regla es judicializarlo todo.

También es regla –en lo electoral y en todo lo demás– el acompañar la presentación de recursos legales con declaraciones grandilocuentes según las cuales los jueces y/o los tribunales no podrán fallar sino en un sentido: otorgándole la razón al demandante.

La impugnación presentada por Guillermo Anaya no podía ser la excepción. Acompañado de sus otrora rivales Armando Guadiana, Javier Guerrero y Lucho Salinas, así como por el dirigente nacional del PAN, Ricardo Anaya, el excandidato calificó su impugnación como “la más documentada de la historia”. Y si el dato se juzga por la cantidad de hojas entregadas, uno podría creerlo de antemano.

En efecto: según lo declarado por los impugnantes, el documento en el cual se detallan los agravios con los cuales buscan la nulidad de la elección tiene más de mil páginas y se entregó acompañado de varias cajas conteniendo, seguramente, varios miles de hojas adiciones con las pruebas en las cuales sostienen sus dichos. Se trata, al menos en términos del volumen de papel utilizado, de un documento “pesado”.

Pero, ¿sumarle hojas a un expediente determina sus posibilidades de éxito en los tribunales? En algunos casos sí, en algunos casos no.

Personalmente no he leído el documento, razón por la cual no puedo emitir un juicio respecto de si se encuentra debidamente sustentado o no. Y aunque lo hubiera leído y tuviera una opinión, sería sólo eso: una opinión personal cuyo valor, en términos del fallo ulterior, carece por completo de valor.

Sin embargo, dada la polémica en la cual viviremos inmersos en las próximas semanas, a raíz de la referida impugnación, conviene puntualizar algunas cosas en términos del significado real de combatir un resultado electoral.

En primer lugar es necesario tener claro lo ya dicho hasta aquí: todos los actos, de todos los procesos electorales, son judicializables. Acudir a los tribunales constituye el acto más normal en la actividad electoral en nuestro País.

En segundo lugar debe tenerse claro otro de los aspectos comunes a los procesos litigiosos: quien demanda siempre afirma tener la razón y haber aportado pruebas contundentes, demoledoras, irrefutables. Desde la perspectiva de quien impugna, el resultado sólo puede ser el fallo a su favor.

En tercer lugar resulta imprescindible tener en cuenta el aspecto clave de cualquier litigio: las pruebas. Nadie puede aspirar a obtener un fallo favorable si no aportó las pruebas para demostrar, más allá de cualquier duda razonable, sus afirmaciones. Especialmente en materia electoral.

Y aquí es, justamente, donde la mayoría de los impugnantes suelen fallar. 
Porque realizar afirmaciones frente a quienes de antemano están de acuerdo con nosotros, o están predispuestos a creer nuestros dichos, es algo muy distinto a demostrar esas mismas afirmaciones ante un tribunal.

Finalmente, todos debemos tener muy clara una cosa: al final de esta historia, los tribunales fallarán y nadie puede decir de antemano la forma en la cual lo harán. Lo único cierto son las posibilidades: pueden confirmar lo dicho por la autoridad administrativa, o pueden revocarlo. Todo lo demás es pura especulación.

¡Feliz fin de semana!

@sibaja3
carredondo@vanguardia.com.mx