Esto es lo que ganarías si te suspenden en tu trabajo por la emergencia sanitaria del coronavirus

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Esto es lo que ganarías si te suspenden en tu trabajo por la emergencia sanitaria del coronavirus

Lo que sí es un hecho es que el empleador puede suspender temporalmente la relación laboral hasta por un mes completo. Foto: Tomada de Internet
Por alerta sanitaria será un mes de permiso laboral con salario... aquí te decimos la cantidad a la que equivale
No despedir a trabajadores y garantizar su salario durante el mes que se estableció por la emergencia sanitaria contra el COVID-19 pidió el presidente de México Andrés Manuel López Obrador a los empresarios.
 
El mandatario ndicó que se debe procurar la salud, y eso conlleva al permiso de retiro con goce de sueldo a todos los trabajadores que se ven obligados a parar actividad.
 
La emergencia sanitaria decretada en México desde el 30 de marzo y hasta el próximo 30 de abril debido a la pandemia de coronavirus no puede servir de pretexto para recortar salarios o despedir trabajadores.
 
Lo que sí es un hecho es que el empleador puede suspender temporalmente la relación laboral hasta por un mes completo.
 
En este casos, el patrón está obligado a pagar una indemnización equivalente a un día de salario mínimo por cada día de la suspensión, hasta llegar a un mes completo.

Para 2020, el salario mínimo es de 123.22 pesos en casi todo el país, con excepción de la Frontera Norte – en la que es de 185.56 pesos.

Es decir, el patrón debería pagar máximo, por un mes de trabajo, 3,696.60 pesos a cada trabajador. Si la contingencia dura más tiempo, no está obligado a cubrirlo.

En entrevista para El Heraldo de México, el abogado Manuel Fuentes señaló que los empleadores que tomen la medida de despedir a sus empleados podrían hacerse acreedores a multas por hasta 88 mil pesos y enfrentar juicios promovidos por los trabajadores afectados.
 
Una vez terminada la emergencia sanitaria, las empresas podrán recortar personal siempre que los despedidos reciban su liquidación de ley incluyendo prima de antigüedad equivalente a doce días de salario por cada año laborado.
 
El único caso en que los patrones podrían dejar de pagar las indemnizaciones o reducir salarios es si pueden demostrar ante un juez en materia laboral que no cuentan con la capacidad económica para cubrir estos montos.