Es inconstitucional congelar cuentas en investigaciones de lavado de dinero: Suprema Corte
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Es inconstitucional congelar cuentas en investigaciones de lavado de dinero: Suprema Corte
El bloqueo de cuentas bancarias de personas que son investigadas por lavado de dinero, emitidas por la Unidad de Inteligencia Financiera(UIF) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), es inconstitucional, de acuerdo con la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Por mayoría de cuatro votos, la Primera Sala de la SCJN resolvió el amparo en revisión 1214/2016, que declaró la inconstitucionalidad del artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito.
En un comunicado, la Corte informó que el asunto derivó de un recurso legal interpuesto por una empresa quejosa que fue incluida en la lista de personas bloqueadas, lo que derivó en la solicitud a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para que se le suspendiera de manera inmediata “la realización de cualquier acto, operación o servicio relacionado con ésta o a través de ella”.
Luego, la empresa quejosa promovió un juicio de amparo en el que la Juez de Distrito que conoció del asunto determinó que el artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito “no vulneraba la garantía de audiencia, ya que con posterioridad podría ser escuchada, y tampoco le privaba de la presunción de inocencia, porque esa medida no constituía anticipación del castigo”.
De acuerdo con la SCJN, a la quejosa se le concedió un amparo para efecto de que se hiciere de su conocimiento que estaba incluida en la lista de personas bloqueadas y se le otorgase la garantía de audiencia.