En la milpa del compadre
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En la milpa del compadre
Frente a la evidencia de la pésima calidad en el funcionamiento de muchas de las instituciones públicas en México, según se desprende de los resultados del Índice Global de Competitividad publicado por el Foro Económico Mundial, la semana pasada propuse que, aprovechando la coyuntura electoral en el estado, exijamos a los candidatos a Gobernador, alcaldes y diputados locales su compromiso explícito de legislar, desarrollar y poner en operación el Servicio Civil o Profesional de Carrera en los tres poderes (Ejecutivo, Legislativo y Judicial) del Estado de Coahuila y de sus municipios.
Con atingencia, mi colega y amigo, Jaime Villasana, me informa que, en las reformas realizadas al Código Municipal para el Estado de Coahuila el 20 de marzo del 2001, se establece: “Los Municipios del Estado que cuenten con más de 50 mil habitantes habrán de establecer el Servicio Profesional de Carrera (SPC) Municipal en sus respectivos ayuntamientos”. No obstante lo anterior, han transcurrido 16 años sin que hasta la fecha se haya concretado lo establecido en este ordenamiento legal. Estamos ante otro caso, por cierto más corriente que común, de incumplimiento de la ley de parte de los principales responsables de observarlas. Nuevamente la máxima de facto de nuestros gobernantes es: ¡que se cumpla la ley, pero en la milpa del compadre!
Faltaría ampliar el alcance del SPC a los tres poderes del Estado de Coahuila y cumplir las disposiciones ya vigentes en el caso de los ayuntamientos.
Al menos dos de los candidatos a Gobernador fueron alcaldes de la ciudad de Torreón durante esos años: Guillermo Anaya, del PAN, en el periodo 2002-2005 y Miguel Riquelme, por el PRI, del 2014 al 2016. En ambos se justifica la pregunta: ¿por qué razones no respetaron las disposiciones del título noveno, artículos 369 a 377 del Código Municipal del Estado de Coahuila?
Esta misma interrogante debe hacerse a los presidentes municipales en funciones, como en la ciudad de Saltillo, en las cuales aplican estas disposiciones, es decir, todas aquéllas de más de 50 mil habitantes: ¿qué esperan para poner en funcionamiento el SPC en sus municipios? ¿Acaso en el momento de su asunción del cargo no juraron cumplir y hacer cumplir la ley?
En el caso de nuestro estado, según los datos del último Censo de Población y Vivienda realizado por el Inegi, 10 municipios cumplen esta condición: Frontera, Matamoros, Monclova, Múzquiz, Piedras Negras, Ramos Arizpe, Sabinas, Saltillo, San Pedro y Torreón. Los votantes debemos exigir a todos los candidatos para ocupar esas alcaldías, ya sean postulados por partidos políticos o que participen como independientes, el compromiso explícito de instaurar en esas administraciones el SPC, tal y como se establece en el Código Municipal vigente.
En el caso de los candidatos a Gobernador y diputados locales, debemos exigir su compromiso de incorporar en la legislación estatal el SPC en los tres poderes del Estado (Ejecutivo, Legislativo y Judicial), así como la adopción de las medidas específicas para asegurar su adecuado establecimiento a la mayor brevedad posible.
Algo más que podemos y debemos hacer los ciudadanos es promover el establecimiento de una organización civil, apartidista y sin fines de lucro, dedicada a promover amparos judiciales contra todos aquellos servidores públicos responsables del incumplimiento de las leyes y reglamentos que los obligan. Sería un campo invaluable para la prestación del servicio social de los estudiantes de derecho de nuestras universidades y una forma práctica de comprometernos como ciudadanos en el buen curso de los asuntos públicos.
También gracias a la generosidad de Jaime Villasana, pude consultar la edición más reciente (2016) del Índice de Competitividad Urbana, el IMCO (Instituto Mexicano de la Competitividad), el cual dedica un apartado al tema del Servicio Civil o Profesional de Carrera (http://imco.org.mx/indices/#!/reeleccion-municipal-y-rendicion-de-cuenta..., pp. 204-207). En ese documento se señala que el SPC es indispensable para dejar atrás las administraciones públicas clientelares y patrimonialistas y pasar a burocracias modernas y profesionales. Los SPC “definen reglas para controlar: 1) el acceso, 2) la formación y capacitación, 3) la movilidad interna y 4) los derechos y deberes (sistema de sanciones). A nivel individual, los sistemas profesionales de carrera ofrecen para los funcionarios seguridad en el empleo y una ruta clara de ascenso y promoción”.
En el trabajo del IMCO se atribuyen tres grandes ventajas al SPC: 1) la continuidad (en la medida en que los funcionarios públicos son evaluados con base en el grado de cumplimiento de los programas); 2) el apego a la implementación de las políticas públicas (ante la posibilidad de alternancia política, los servidores públicos optan por asumir la neutralidad política en el cumplimiento de su trabajo) y; 3) la mayor acumulación de conocimiento (la permanencia en los cargos permite aprovechar las curvas de aprendizaje para alcanzar un mejor desempeño laboral).
A nivel federal, sólo el 5.2 por ciento de las plazas operan en base al SPC. México alcanza 41 puntos de 100 posibles. En los estados la situación es aún peor, con una calificación de 25/100. Y aunque nueve estados tienen alguna ley relacionada con el SPC, entre ellos Coahuila, en ninguno opera de manera efectiva.