En duda, afirmación de Anaya sobre el paso de terroristas #Candidatum

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En duda, afirmación de Anaya sobre el paso de terroristas #Candidatum

Foto: El Universal
Contrario a lo que dijo el candidato panista, los actos cometidos por el crimen organizado podrían catalogarse como terrorismo, según el Código Penal

Durante su participación en el segundo debate presidencial, realizado el pasado 20 de mayo, Ricardo Anaya Cortés aseguró que por la frontera de México hacia Estados Unidos no han pasado terroristas, aunque existe un punto en el código Penal Federal que podría poner en duda su cuestionamiento.

La guerra contra el narco en México ha presentado actos que pueden clasificarse como “terroristas”, según el artículo 139 del Código Penal Federal. Y aunque miembros de la delincuencia organizada han cruzado a EU, su responsabilidad por esos actos está sujeta a muchos matices.

“¿Cuántos terroristas han entrado por México a Estados Unidos?, cero”, declaró en mayo pasado el abanderado de “Por México al Frente”.

DEFINICIÓN DE LA RAE 

La Real Academia Española (RAE) define terrorismo como la dominación por el terror, actos violentos ejecutados para infundir terror, al igual que la actuación criminal de bandas organizadas que, reiteradamente y por lo común de modo indiscriminado, pretende crear pánico, incertidumbre en la sociedad.

Partiendo de esta definición se pueden catalogar como terrorismo a los actos violentos cometidos por los grupos del crimen organizado en México. 

Según Gerardo Rodríguez Sánchez y Judith A. Nieto, un ejemplo de ello son los grupos de liberación nacional que históricamente han utilizado el terrorismo para causar temor entre la población, militares y políticos del País, al igual que crear tensión internacional.

DELITO INCLUIDO EN EL CÓDIGO PENAL  

Dentro del Código Penal Federal se entiende desde 2017, en el artículo 139, la sanción y tipo de delito que cabe en la definición de terrorismo, que establece que es producir alarma, temor o terror en la población, total o parcial; lesionar la seguridad nacional o a alguna autoridad extranjera, o presionar a la autoridad nacional, extranjera o internacional para que tome una decisión o determinación.

“Se impondrá pena de prisión de quince a cuarenta años y cuatrocientos a mil doscientos días multa”, establece el mencionado artículo.

Incluso se contemplan penas de 5 a 15 años de prisión y 262 días de multa al que amenace con cometer el delito de terrorismo.

En el Índice de Terrorismo 2015, países como Irak, Nigeria, Afganistán, Pakistán y Siria ocupan los primeros lugares en niveles de terrorismo, aunque no es un problema aislado que afecta a estos países, pues de 136 lugares del informe, México se encuentra en el lugar 44, tan sólo 9 puntos menos que los que tiene Estados Unidos para ese año.

En México, de acuerdo con lo establecido en el Código Penal Federal y la definición de la RAE, la delincuencia organizada es una amenaza latente para la seguridad nacional del País, aunque el gobierno mexicano no está preparado para catalogar los crímenes que atenten los puntos anteriormente mencionados, y mucho menos para responder a un “atentado terrorista”. 

 

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