Eliminación del fuero abre el camino a la impunidad: Especialista

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Eliminación del fuero abre el camino a la impunidad: Especialista

Raúl Aarón Pozos Lanz durante la sesión en la Cámara de Senadores. . Foto: Cuartoscuro
El director de Área de Posgrados de la Facultad de Derecho de la Universidad Panamericana, Rafael Estrada Michel consideró que el recurso constitucional solo debería tener algunas modificaciones, más no ser eliminado.
Cuando las organizaciones de la sociedad civil dicen vamos a acabar con el fuero, o los candidatos lo manifiestan en sus propuestas, a mi modo de ver electoreras, lo que están haciendo es no mencionar la importancia de la figura"...
Rafael Estrada Michel, director de Área de Posgrados de la Facultad de Derecho de la Universidad Panamericana

La eliminación del fuero constitucional podría simple y llanamente abrirle la puerta no sólo a la impunidad, sino a un país que se aleje cada vez más del ideal del Estado de derecho, lo que podría derivar en una situación peligrosa y en una propuesta demagógica, aseveró el director de Área de Posgrados de la Facultad de Derecho de la Universidad Panamericana, Rafael Estrada Michel.

En entrevista con Notimex, subrayó que el fuero debe entenderse como un privilegio procesal que inició para los parlamentarios, y que se ha extendido a otros servidores públicos que requieren de cierta autonomía para la toma de decisiones.

"Cuando las organizaciones de la sociedad civil dicen vamos a acabar con el fuero, o los candidatos lo manifiestan en sus propuestas, a mi modo de ver electoreras, lo que están haciendo es no mencionar la importancia de la figura, y esto puede implicar que perdamos las ventajas que sí tiene, como la protección de decisiones de los integrantes de órganos constitucionales autónomos", explicó el experto en derecho constitucional.

Entrevistado vía telefónica en Pisa, Italia, consideró que el recurso constitucional solo debería tener algunas modificaciones, más no ser eliminado. En este sentido, apuntó que la reducción del número de servidores públicos que ostentan el privilegio debería ser menor, o que éste no tenga validez cuando se sorprenda en flagrancia al funcionario que incurra en un delito.

De acuerdo con el experto, el fuero es un privilegio constitucional que evita que servidores públicos de alto rango sean detenidos o presos, excepto en los casos que determinan las leyes, o procesados y juzgados sin previa autorización del órgano legislativo al que pertenecen: parlamento, congreso o asamblea.

Sin embargo, esta inmunidad permite también mantener el equilibrio entre los poderes del Estado en los regímenes democráticos, y salvaguardarlos de eventuales acusaciones sin fundamento, lo que permite que cada senador o diputado dé su opinión o levante la voz en contra o a favor de algún tema, con toda libertad, y sin temor de ser juzgados o reprimidos por ello.

Quiénes pueden hacer uso de este privilegio son los diputados y senadores del Congreso de la Unión, ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral, consejeros de la Judicatura Federal, secretarios de despacho, diputados a la Asamblea del Distrito Federal.

También, el jefe de Gobierno de la Ciudad de México, el fiscal general de la República y el procurador general de justicia capitalino, el consejero presidente, y los consejeros electorales del Consejo General del Instituto Nacional Electoral.

La eliminación del fuero constitucional podría simple y llanamente abrirle la puerta no sólo a la impunidad. Foto: Monitor Expresso

Estrada Michel puntualizó que el fuero presidencial en realidad no existe, o no existe como tal, ya que la declaratoria de procedencia se refiere a los funcionarios específicamente nombrados en el texto constitucional, mientras que en el caso del presidente en realidad, más que un privilegio procesal, lo que existe es una inmunidad procesal.

Lo anterior, dijo, quiere decir que el presidente de la República como jefe de Estado que es en el ejercicio de sus funciones, sólo puede ser juzgado por delitos graves del orden común, o por traición a la patria.

"Cuando el candidato José Antonio Meade dice voy a ser el primer presidente que no tenga fuero, pues está diciendo una inexactitud, porque en realidad técnicamente los presidentes de la República no tienen fuero, como dice el Artículo 108 constitucional, lo que tienen es inmunidad y sólo puede ser acusado e investigado por delitos graves del orden común o por traición a la patria".

Por otra parte, apuntó que "como tantísimas otras cosas en nuestra Constitución, el fuero es letra muerta, o sea, no sirve para garantizar aquello para lo que fue creado, que es la autonomía de ciertos servidores públicos, y como no la hemos dejado operar para lo que tiene que operar, se usa para el chantaje político, y la solución no es eliminar la figura".

Sin embargo, señaló que no hay que confundir fuero con juicio político. "También confundimos muchas veces el fuero de declaratoria de procedencia en el ámbito penal con el llamado juicio político. El juicio político no es un juicio penal, viene de la tradición anglosajona del "impeachment".

Ello, explicó, "implica que el Senado de la República juzga con los datos que le da la Cámara de Diputados como órgano acusador, y juzga la actuación política administrativa de un funcionario que puede ser incluso el presidente de la República, y lo juzga para efectos de destitución y de inhabilitación".

Finalmente, recordó que la eliminación del fuero constitucional es un error, "porque podemos caer en un mundo todavía peor, la solución pasa creo yo por darle una operatividad o procesal concreta, que sirva para mantener el ámbito de la autonomía de quienes tienen que ser autónomos, mientras no lo probemos en la práctica, la verdad es que todas las propuestas de eliminar el fuero no dejan de ser un buen deseo electorero y nada más".