El Tribunal ya encaminó la sentencia

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El Tribunal ya encaminó la sentencia

En la semana que hoy concluye ocurrieron tres eventos –motivados por tres autoridades electorales distintas– que arrojan un denominador común: la declaratoria de nulidad en la elección para Gobernador de Coahuila está encaminada, y sentenciarla es cuestión de tiempo solamente.

Van las claves por orden cronológico:

Primero, el Instituto Nacional Electoral publicó en el Diario Oficial de la Federación, el pasado 9 de agosto, las modificaciones al Reglamento de Fiscalización aprobado el 21 de diciembre de 2016. Lo anterior es importante por una razón: no cumplir con ese formalismo en su día generó que aprovechara el PRI la situación para descalificar al árbitro en represalia por haber documentado que Miguel Riquelme rebasó el tope de gastos de campaña, lo cual es causa de anulación según el artículo 41 constitucional.

Ese mismo día el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación enmendó la plana del INE al resolver por unanimidad el asunto SUP-CDC-5/2017, a través del cual votaron los magistrados que “no se encuentra regulada alguna disposición legal o reglamentaria que limite la facultad de la autoridad en cuanto a la posibilidad de sancionar conductas que no hayan sido de su conocimiento a través de los distintos informes que se encuentra obligada a fiscalizar, ya sean de gastos ordinarios, de precampaña o de campaña”. Incluso “en un informe de gastos distinto al fiscalizado”.

Con ello quiere decir que “el INE se encuentra facultado para sancionar a aquellos sujetos obligados que se apartan de la normatividad, pues considerar lo contrario implicaría permitir la omisión de reportar gastos e ingresos en los informes en los que deben hacerlo, con la intención de impedir u obstaculizar el ejercicio de la facultad de fiscalización de la autoridad”.

Debido a lo anterior puede desplegar en cualquier momento su facultad de monitoreo y detección de irregularidades. “La omisión en cuanto al reporte de un gasto vulnera la certeza y la transparencia en el manejo de los recursos, así como la equidad en la contienda”, ha resuelto el Tribunal. Manga ancha, pues.
Finalmente, el 12 de agosto, la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales obtuvo una resolución favorable respecto al conflicto competencial 4/2017, dictado por el Tribunal Unitario del Décimo Segundo Circuito que determinó que “en asuntos de fiscalización de recursos de partidos políticos y candidatos, la competencia es plenamente federal y no del fuero común”.

La suma de los acontecimientos apunta hacia una reparación de daños por parte de las autoridades electorales. 

Aunque no hay una regla para tratar asuntos por orden de importancia, es notoria la tendencia de resolver los casos en función de su dificultad jurídica y política: del más facilito al más complejo, pues. Y por todo lo sucedido antes, durante y después de la jornada electoral, Coahuila es el más complicado del año.

CORTITA Y AL PIE
Ahora bien, el argumento principal del PRI-Gobierno –rebuscado y de interpretación cuestionable– había sido señalar la omisión o descuido del INE de no publicar en el Diario Oficial de la Federación las modificaciones al Reglamento de Fiscalización.

Con esa prueba derrocada, y a escasas semanas de la resolución final, sería muy difícil que no se anulasen las recientes elecciones de Gobernador. Ya con el balón en la cancha del Tribunal Electoral, en la semana, por separado, PAN y PRI sostuvieron audiencias de alegatos con los magistrados de la Sala Superior.

LA ÚLTIMA Y NOS VAMOS 
Por lo demás cabe señalar que nunca antes se había configurado la fórmula del 5-5 que anula elecciones. Los magistrados de la Sala Superior van a estrenar el artículo. Van a sentar jurisprudencia.

La nulidad, hoy más que nunca, está a la vuelta de la esquina.

@luiscarlosplata