El sinuoso camino que debemos contar

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El sinuoso camino que debemos contar

La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia define la violencia feminicida como: “la forma extrema de violencia de género contra las mujeres producto de la violación de sus derechos humanos, en los ámbitos público y privado, conformada por el conjunto de conductas que conllevan misoginia, impunidad, tolerancia social y del Estado y que pueden culminar con el homicidio y otras formas de muerte violenta de las mujeres”.

En México, el contexto de violencia hacia la mujer y los feminicidios ha acentuado el seguimiento particularmente al tema de las cifras. Gradualmente se ha focalizado la atención en los aumentos o descensos en las estadísticas.

Sin embargo, mediáticamente los casos suelen perderse entre la vorágine informativa. Y un caso que pudo haber tenido un reflector mediático importante se pierde entre el embudo que representa el sistema penal.

En las últimas semanas hemos publicado en el SEMANARIO de VANGUARDIA un par de temas relacionados con la violencia feminicida. Primero el tema de los delitos sexuales y su aura de impunidad. Y hace unos días, el tema de los feminicidios negociados a través del procedimiento abreviado, una figura del Sistema Penal Acusatorio y Oral que permite terminar anticipadamente un proceso penal a cambio de que el imputado renuncie a su derecho a un juicio oral, se acuerde una pena de prisión, una reparación del año y las víctimas indirectas no presenten “oposición fundada”.

Estos temas hablan esencialmente de lo que sucede en ese camino. En ambos temas, el recorrido es tortuoso para las familias y víctimas afectadas. Entre que una persona denuncia un delito sexual y consigue justicia a través de una sentencia, ocurre toda una cascada de obstáculos, presiones, estigmatizaciones y revictimizaciones que van desde el propio sistema hasta el actuar de quienes deben proteger y velar por los derechos y acceso a la justicia. Entre que matan a una mujer y se consigue justicia, ocurre también toda una serie de obstáculos, presiones, estigmatizaciones y revictimizaciones que de igual manera van desde el propio sistema hasta el actuar de los funcionarios públicos.

En ambos temas son muchos los testimonios tanto de víctimas, víctimas indirectas, activistas, abogadas, especialistas y acompañantes de víctimas las que refieren y retratan lo dicho. Para la autoridad no hay saque. Tampoco la justificación o que desvirtúen lo que han dicho las familias y víctimas.

En el trabajo sobre el aura de impunidad de los delitos sexuales, por ejemplo, un dato no pudo entrar en el reportaje debido a que la información, entregada por la Fiscalía General a través de una solicitud de información, llegó después de publicado.

La información es: desde 2017, la dirección General de Servicios Periciales de la Fiscalía General de Coahuila ha realizado 3 mil 89 exámenes ginecoproctológicos y de lesiones, de los cuales, 2 mil 320 han resultado positivo a violación.

La cantidad de exámenes positivos de violación son inclusive más que las denuncias por violación o violación equiparada (mil 342) que se han reportado desde el mismo año, según estadísticas de denuncias del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP) y de la misma Fiscalía General. ¿Por qué es menor o por qué esos casos no llegaron a una denuncia? La Fiscalía debería responder. ¿Qué está pasando para que esos casos no hayan llegado a denuncia y, sobre todo, a una sentencia?

Prácticamente cada día en Coahuila se registra un examen ginecoproctológico y de lesiones positivo a violación.

De los 2 mil 320 casos positivos a violación sexual en los exámenes ginecoproctológicos que se realizaron desde 2017, 983 casos fueron en personas entre 18 y 35 años, 938 en menores de 4 a 17 años. Además 285 casos fueron en personas de 36 a 50 años, 98 de 51 a 70 años y 15 de 71 años para arriba.

Cabe recordar que desde 2017 se han presentado 4 mil 895 denuncias por delitos sexuales, pero en el mismo periodo apenas se han dictado 255 sentencias condenatorias, de las cuales 200 fueron por el delito de violación simple o violación equiparada. ¿Por qué si ha habido 2 mil 320 exámenes ginecoproctológicos positivos a violación no se ha logrado fincar ese hecho a una persona? Esa es otra respuesta que tendría que dar la Fiscalía.

AL TIRO

El Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres) refirió que en un contexto de violencia y discriminación histórica contra las mujeres “es preciso la garantía de los derechos humanos, y que se considere, ante todo probable acto de violencia de género, la debida diligencia, es decir, hacer lo correcto antes, durante y después del hecho (prevenir, investigar, sancionar y reparar), así como la necesidad de atención integral para las hijas e hijos de las mujeres víctimas de esta violencia feminicida”.

Que no se les olvide a las autoridades procuradoras de defensa y justicia estas palabras.