El ABC de la declaración de ausencia

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El ABC de la declaración de ausencia

Aprenda cómo tramitar el documento

Decenas de familias de desaparecidos se quedan en el camino para tramitar una declaración de ausencia, pues de 479 solicitudes que se han gestionado desde 2014 únicamente 212 han conseguido reunir todos los requisitos necesarios, lo equivalente a una de cada 6. 

La siguiente es una guía para tramitar el documento que podría salvar a las familias de perder la hipoteca de la casa y que ayudaría a exigir a los patrones que respeten los derechos laborales de los desaparecidos. 

Entérese

> Solo una de cada seis personas obtiene la Declaración de Ausencia 

> En 2014 se tramitaron 67, en 2015 fueron 115 y en lo que va del año se han expedido 30

> Los distritos judiciales con más trámites son: Piedras Negras (98), Torreón (75), Monclova (32). 

Fuente: Ley para la Declaración de Ausencia por Desaparición de Personas 
n Cónyugue, concubino (a), padres, hermanos, tíos, primos, abuelos o pareja de la víctima. 

>Representantes legales de las familias de desaparecidos, organizaciones civiles o agente del Ministerio Público.

En manos del Ministerio Público
> Después de que el agente del Ministerio Público reciba la denuncia por desaparición se procederá a la búsqueda inmediata. 

> El Ministerio Público evaluará en 30 días si los hechos constituyen una desaparición. 

> De ser así, en menos de 10 días el Ministerio Público (o cualquier persona cercana a la víctima) presentará la solicitud de Declaración de Ausencia ante el juez de primera instancia en Materia Civil correspondiente.

> El encargado de tramitar la solicitud deberá de otorgar un domicilio fijo donde pueda recibir notificaciones o avisos sobre la investigación. 

Requisitos
>El nombre, la edad y el estado civil de la persona desaparecida.

> Denuncia donde se narren los hechos, incluida la fecha y lugar de la desaparición. 

> Nombre y edad de los dependientes económicos. 

> Actividad (trabajo, estudiantil) a la se dedica la persona desaparecida.

> Nombre, parentesco o relación del solicitante con la persona desaparecida. 

> Cualquier información relevante.  

Para saber
> El procedimiento será inmediato y gratuito, el Poder Judicial correrá con los gastos durante todo el trámite, incluidas las generadas después de emitida la resolución. 

> La resolución del juez garantiza protección a la víctima, a la familia y a las personas cercanas del desaparecido (a).

Beneficios
> Conserva la patria protestad. 

> Garantiza protección del patrimonio, incluidos los bienes adquiridos a crédito y cuyos plazos estén vigentes (Infonavit, créditos bancarios, automotrices, etc).

> Asegura la personalidad jurídica del desaparecido (a).

> Los patrones de las personas desaparecidas deben proteger con salarios y prestaciones a las familias de los ausentes. 

¿Quién la puede solicitar?
Vanguardia orienta a familiares de ausentes para que tramiten el documento que podría salvar la hipoteca de la casa y seguir recibiendo el sueldo de la víctima