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Diputados aprueban dar 9 años de cárcel por adulterar tabaco
Ciudad de México. El pleno de la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad las reformas y adiciones a la Ley General para el Control del Tabaco para castigar con una pena de entre uno y nueve años de prisión, así como una multa de cien a mil veces la Unidad de Medida y Actualización, a quien adultere, falsifique, contamine o altere cualquier producto de tabaco.
Las mismas sanciones se impondrán a quienes introduzcan al país, exporten, almacenen, transporten, vendan o distribuyan productos de tabaco adulterados, falsificados, contaminados o alterados.
Avalado con 360 votos, el decreto fue turnado al Ejecutivo para su publicación en el Diario Oficial de la Federación y entrada en vigor.
De acuerdo con el dictamen de la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados, el decomiso de tabaco ilegal tuvo un aumento de 440 por ciento durante el periodo 2013-2015, en comparación con lo decomisado en 2012.
Asimismo, desde la expedición de la Ley General para el Control del Tabaco en 2008 y hasta la fecha, las autoridades aduaneras han destruido 207 millones 289 mil cigarros por tráfico ilegal, principalmente provenientes de India, Estados Unidos, Panamá, China, Vietnam y Alemania.
No obstante, argumentaron los integrantes de la comisión dictaminadora, el sistema jurídico mexicano carece de incentivos penales suficientes para los sujetos que participan en el tráfico ilegal de este producto, sobre todo en los supuestos de introducción al país, exportación, almacenamiento, transportación, venta y distribución del tabaco adulterado.
"Estimamos conveniente fortalecer el marco normativo que tiene por objeto la regulación del comercio y consumo del tabaco, con la aprobación de nuevos tipos penales", subrayaron.
Las reformas y adiciones a la Ley General para el Control del Tabaco se aprobaron en el pleno de la Cámara de Diputados sin discusión alguna, ni votos en contra.