Denuncia PAN ante el INE caso de hermano de AMLO; busca senador que se realice una investigación exhaustiva
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Denuncia PAN ante el INE caso de hermano de AMLO; busca senador que se realice una investigación exhaustiva
CDMX.- Tras la difusión de los videos donde se ve a Martín Jesús López Obrador, hermano del Presidente, recibir 150 mil pesos en efectivo de David León, excoordinador nacional de Protección Civil, el PAN interpuso una queja ante el INE contra Morena, los implicados en el caso y quien resulte responsable por delitos electorales.
El senador representante del PAN ante el INE, Juan Antonio Martín del Campo, exigió que se realice una investigación a fondo y se sancione con todo el peso de la ley a quienes resulten responsables. Detalló que la denuncia se presentó “por las acciones que violan la normatividad de financiamiento a los partidos políticos, la transparencia y rendición de cuentas en materia de fiscalización de los recursos, así como el presunto uso indebido de recursos públicos para financiamiento de campañas electorales”.
Señaló que el artículo 25 de la Ley General de Partidos Políticos establece que todos los institutos tienen la obligación de reportar los recursos que reciben de particulares y deben presentar informes al INE respecto a su origen y uso.
“Hay una evidente falta de bancarización en los mismos, lo que puede significar una contravención al régimen propio del financiamiento privado de candidatos y partidos y su fiscalización, previstos en los artículos 196, 221, 401, 403, 446 y otros de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales”, explicó el senador Martín del Campo.
Puntualizó que, de acuerdo con lo señalado por el propio David León en su cuenta de Twitter, las aportaciones hechas en 2015 se realizaron a favor del movimiento, es decir, de Morena, que ya había recibido su registro como partido desde julio de 2014.
El legislador panista recalcó que ningún partido puede rebasar los montos permitidos por la ley, específicamente en el artículo 96, numeral 3, inciso b), fracción VII, del Reglamento de Fiscalización, donde se señala que sólo se permiten 90 días de salario mínimo como máximo.