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Declaran constitucional revocación de mandato y consulta popular
Con el voto de 17 congresos locales, la Cámara de Diputados declaró formalmente aprobadas las reformas a ocho artículos constitucionales en materia de revocación de mandato y consulta popular.
El decreto fue avalado por las legislaturas de los estados de Campeche, Chiapas, Colima, Durango, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, Estado de México, Michoacán, Morelos, Nayarit, Puebla, San Luis Potosí, Sinaloa, Tabasco, Tlaxcala y Ciudad de México, mientras el congreso de Guanajuato votó contra el proyecto.
Las reformas sobre revocación de mandato y consulta popular abren la posibilidad de remover al Presidente de la República por la vía del voto libre, directo y secreto en una consulta revocatoria, a condición de que participe al menos 40 por ciento de los electores inscritos en la lista nominal.
De acuerdo con el proyecto, la revocación de mandato podrá ser solicitada una sola vez y con las firmas de un número de ciudadanos equivalente a 3 por ciento del listado nominal, es decir, alrededor de 2.7 millones de electores al día de hoy.
Para la eventual remoción del presidente Andrés Manuel López Obrador se estableció un artículo transitorio que permitiría celebrar la consulta revocatoria en marzo de 2022, cancelando la posibilidad de empatarla con las elecciones federales intermedias, como lo plantearon originalmente el Ejecutivo y Morena.
Las reformas y adiciones constitucionales consideran la posibilidad de convocar a consultas populares cada año, el primer domingo de agosto, y no en cada elección federal, como se prevé hoy.
La Mesa Directiva realizó la declaratoria de reforma constitucional al proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la ?? Constitución, en materia de #ConsultaPopular ??????????
Consulta en qué consiste ?? pic.twitter.com/QV1mjKAQ88— Cámara de Diputados (@Mx_Diputados) November 28, 2019
No podrán ser objeto de consulta popular la restricción de los derechos humanos, la permanencia y continuidad en el cargo de los servidores públicos de elección popular, la materia electoral, el sistema financiero, ingreso, gasto y presupuesto, así como obras de infraestructura en ejecución, seguridad nacional y organización, funcionamiento y disciplina de las fuerzas armadas.
El proyecto mantiene como requisito para solicitar una consulta popular las firmas de al menos 2 por ciento de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores, equivalente a 1.8 millones.