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Debe privilegiarse acceso de internet sobre derecho de autor: juez
México, DF. Un juez federal determinó que el derecho de acceso a Internet “debe privilegiarse, a pesar de que se halle en conflicto con derechos de carácter patrimonial (de autor), porque el bloqueo del acceso a Internet afecta otros derechos humanos de manera irreparable, mientras que los derechos de carácter patrimonial podrían verse reparados posteriormente y, dichos derechos no deben ser afectados, limitados o suspendidos sino como última medida y exclusivamente para la prevención en casos extremos y ante la gravedad e irreparabilidad de los daños que su continuación podrían significar”.
Lo anterior, al conceder una suspensión provisional dentro de un juicio de amparo y ordenar a una empresa proveedora de Internet abstenerse de bloquear el acceso a una página web por determinación del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), ya que enfrenta un juicio relacionado con temas de derecho de autor.
El Consejo de la Judicatura Federal (CJF) dio a conocer que el juez Fernando Silva García, titular del juzgado octavo de distrito en materia administrativa en la ciudad de México, concedió la suspensión provisional para el efecto de que una empresa proveedora de internet se abstuviera de bloquear el acceso a una página web y no se le impusieran las sanciones establecidas por el IMPI.
El juzgador resolvió en forma preliminar que “en dicha fase cautelar que resulta desproporcional” ante la medida dictada por el IMPI en contra de un proveedor de acceso a internet (ISP) para que suspendiera el acceso a una página web o bien imponerse únicamente respecto a la sección en donde pudiera encontrarse el contenido relacionado con el litigio.