Contabilidad electrónica ya es constitucional: SHCP

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Contabilidad electrónica ya es constitucional: SHCP

Foto: Especial
Destacó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucionales la obligación de los contribuyentes de llevar su contabilidad de manera electrónica y enviarla a las autoridades fiscales

Ciudad de México. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) destacó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucionales la obligación de los contribuyentes de llevar su contabilidad de manera electrónica y enviarla a las autoridades fiscales, el buzón tributario y la revisión electrónica previstos en el Código Fiscal de la Federación.

Esas disposiciones se establecieron desde 2014 como parte de la reforma fiscal, pero varios contribuyentes se ampararon al respecto. Sin embargo, luego de que juzgados de distrito emitieron resoluciones contradictorias, cinco de esos casos de amparo llegaron a la SCJN desde el año pasado. La Corte emitió la primera resolución al respecto el miércoles de la semana pasada y fue ponderada este domingo por la SHCP en el informe semanal del vocero.

La dependencia omitió mencionar que faltan cuatro amparos por resolverse, pero sí lo hizo el jefe del Servicio de Administración Tributaria (SAT), Aristóteles Núñez, quien desde el viernes acotó que deben esperarse las otras resoluciones al tiempo. Incluso reconoció que la SCJN estableció en el primer caso que debe garantizarse el derecho de audiencia de los contribuyentes, para lo cual el Congreso de la Unión debe modificar un párrafo del artículo 53B del Código Fiscal de la Federación. Además, el SAT debe corregir el anexo 24, referido referido a la guía y los lineamientos para hacer la conversión de archivos a formato XML, ya que el actual se encuentra en inglés, indicó.

La SCJN, destacó Núñez, declaró “constitucional el acto que norma la contabilidad electrónica, el acto que norma el uso del buzón tributario y el acto que obliga (a los contribuyentes) a mandarla de manera periódica al SAT".

En todo este tiempo que ha tardado en pronunciarse la Corte se ha generado “incertidumbre jurídica entre los pagadores de impuestos”, ha sostenido la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) pues la reforma fiscal ya tiene dos años y medio en vigencia. Incluso, en marzo pasado, el llamado ombudsman de los contribuyentes advirtió que “si la SCJN resuelve finalmente negar el amparo contra la contabilidad electrónica, los contribuyentes que en sus amparos obtuvieron la suspensión tendrán que cumplir de manera retroactiva con el envío de su contabilidad, lo que sin duda les puede acarrear graves problemas”.

En cambio Hacienda, en su comunicado de este domingo insistió que adoptar el uso de las innovaciones tecnológicas es para eficientar la administración tributaria pues se acortan hasta en un 60 por ciento los plazos para la presentación de declaraciones de impuestos y se reducen los costos, además que ya es una práctica utilizada en otros países.

Aclaró que el uso de medios electrónicos por el SAT no data desde la reforma fiscal 1994 sino de 1984 y recordó que México ocupa el lugar 118 entre 189 naciones analizadas sobre la complejidad en el pago de impuestos en el reporte Doing Business 2014 del Banco Mundial.

“Con la resolución de la SCJN el país se pone en sintonía con los lineamientos internacionales en materia tributaria y en la eficiencia en el uso de la información”, puntualizó.